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Fecha de respuesta: Martes 11 de Septiembre de 2012 21:05 2012-09-11 21:05 desde IP: 201.161.26.46
Buen día, por supuesto que tienes derecho, de entrada habrá que ver bajo que régimen se rige ese segundo matrimonio de tu papá, si es sociedad conyugal estamos hablando de una herencia del 50% de los bienes que tenga tu padre, la que se repartiría a prorrata entre quienes tengan derecho a heredar, si no hay matrimonio o se caso por separación de bienes, estaríamos hablando que tienes derecho parte proporcional del 100% de los bienes de tu padre.
Saludos.
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