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AutorRespuesta No: 4143
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Septiembre de 2012 18:12 2012-09-05 18:12 desde IP: 189.194.240.172
Desafortunadamente si se retrasó unos días y después sólo pagó lo que mensualmente venía pagando, es posible que efectivamente sea correcto lo establecido por el juez, diversas disposiciones en materia civil relacionadas con la figura de pago manifiestan que el acreedor puede aplicarlo en primer término a la cobertura de intereses ya ordinarios que son los que se generan por el financiamiento del dinero que le prestaron, ya moratorios, que son los que se ocasionan cuando no se paga a tiempo, espero que ésto responda sus dudas, acérquese con los abogados de Infonavit para ver si le pueden dar opciones que le permitan seguir manteniendo su crédito y si es el caso proponga que celebren un convenio ante el juez, jamás les entregue dinero a ellos directamente bajo ninguna circunstancia salvo que se encuentre asesorada por abogado de su confianza.
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