Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 3680
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 4056

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si Usted obtiene ingresos y no tiene hijos procreados con el frances, efectivamente no tiene obligación de darle pensión alimenticia alguna, puesto que Usted puede allegarse de los alimentos, por no estar incapacitada y además, al no existir una convivencia con el frances, pues refiere que éste vive en país distinto, tampoco implica que Usted se dedique a las labores propias del hogar.

    Y no sé donde leyó que este foro promete dar asesorías, aquí cualquier persona PUBLICA UNA CONSULTA y si algún especialista desea participar en la misma, le da una respuesta.

    Si no está conforme con esta página, acuda con un Lic. en Derecho particular y pague su consulta.

    Y si no tiene medios para ello, también puede acudir a la Defensoría de Oficio de su Estado, plantear su problema y ahí le darán una respuesta como Usted desea.

    Para registrarse como usuaria, no se le cobró un peso o si? Entonces porqué exige si no le ha costado nada plantear sus dudas?