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  • Consulta : 3006
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 3218

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Cuando vence el contrato tienen un termino de diez dias (en el D.F.) para requerirte la desocupacion y despues se entiende la tacita reconducción del contrato; es meterte en problemas, pero ganas tiempo al esperar a que te demanden la desocupacion si no se hizo dentro de los dias referidos.