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  • Consulta : 2995
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 3206

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Aunado a lo que comenta el Lic. Mecino (a quien le mando saludos afectuosos), el padre de los niños no tiene porqué cubrir los gastos del embarazo, toda vez que él no tiene ninguna obligación para contigo, ya que no eres ni su concubina, ni su esposa, así que hasta que nazcan los bebés (en caso de que así suceda) y sean reconocidos como hijos del padre, comienza la obligación de éste para ministrar alimentos.

    En caso de que no los reconociera, tendrías que iniciar el juicio por reconocimiento de paternidad, el cual es costoso por las periciales en genética que se tienen que ofrecer y serán por tu cuenta.

    No pretendo juzgarte, pero lamentablemente tu escogiste que ese fuera el padre de tus hijos y tu eres responsable directa de la situación que estás viviendo, pues al ser mayor de edad, tienes la capacidad de elegir y decidir lo conducente y si sólo tenías mes y medio de vivir con una persona, es irresponsable tomar la decisión de traer unos hijos al mundo que ninguna culpa tienen de las tonterías de sus padres.

    Los hijos se planean y se desean, pero siempre y cuando haya una relación estable, si no fue tu caso, pues atente a las consecuencias y realiza las gestiones jurídicas en representación de tus hijos, pero no esperes más de lo que realmente corresponde...