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AutorRespuesta No: 3077
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Abril de 2012 11:50 2012-04-21 11:50 desde IP: 201.103.129.14
Si tienen los datos del juzgado, acudan al mismo asistidos de Lic. en Derecho para que consulten el expediente y analice el estado procesal del mismo.
Un juicio hipotecario lo gana el deudor cuando acredita que está al corriente con sus pagos o cuando existe algún defecto en la demanda o personalidad del promovente (entre otras causas), pero sólo un Lic. en Derecho que analice correctamente el asunto podrá darle un diagnóstico exacto y concreto de su situación.
Si ya tienen un abogado y ya analizó su asunto, pues precisamente a éste tendrá que dirigirle sus dudas.
Aquí sólo se da una orientación, pero cada caso es muy distinto y sólo con documentos en mano, se puede brindar una opinión exacta a su muy particular caso.
La cantidad mínima que les va a pedir el despacho es la cantidad que tienen atrasada, con sus respectivos intereses, así que si tienen interés en salvar su propiedad, hagan un esfuerzo y paguen lo que se les pide.
Y si no pueden pagar, pues entonces lleguen a un arreglo para dar la casa en dación en pago, hagan un avalúo, verifiquen su adeudo y si hay una diferencia, que se las paguen y si no, por lo menos ya cumplieron con sus obligaciones...
No existen fórmulas mágicas para dejar de pagar y no tener implicaciones jurídicas, reitero, si se obligaron a pagar una cantidad mensual, así deben hacerlo y si no pueden pagar, entonces entreguen el bien, pues finalmente el adeudo está garantizado con dicho inmueble.
Su acreedor tiene todos los elementos para recuperar dicho adeudo...
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