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AutorRespuesta No: 3062
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Abril de 2012 01:25 2012-04-20 01:25 desde IP: 201.170.215.12
Jeje...creo que tu maestro esta muy equivocado...pero que se le puede hacer si NO litiga....pero no se lo digas por que te va a reprobar... jeje
No se a que le llames domicilio legal....no se si te refieres al domicilio de su credencial de elector o al domicilio del principal asiento de sus negocios.
De cualquier manera, te comento que si el MATRIMONIO se celebro en Juchitan Oaxaca y ahi formo su hogar conyugal (allí viven), y ademas es la esposa la que esta demandando el DIVORCIO, la demanda de divorcio se promovera ante el Juez de Jurisdiccion en el domicilio de la esposa, maxime cuando ese es el hogar conyugal, por consecuencia, el demandado se vera obligado a contestar la demanda ante el Juez que radico, sin perjuicio de que el pueda hacer valer como excepcion la INCOMPETENCIA, y, aclarando, que el simple hecho de que el tenga su domicilio legal en otro lugar no es causa suficiente para que opere la incompetencia....(resultaria necesario otra combinacion de factores).
Lo que si podria suceder es que el demandado fuera emplazado via exhorto, pero en todo caso el tendra que contestar la demanda ante el juez de origen...
pero te dejo una tarea... checa las reglas de competencia en el codigo de tu Entidad y ademas checa como define y distingue la Ley el domicilio de las personas...
!!!!suerte!!!!
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