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AutorRespuesta No: 2170
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Octubre de 2011 16:28 2011-10-19 16:28 desde IP: 189.145.130.106
Así como lo planteas, es muy amplio, debes precisar más. En el DF ya no existe el abandono de hogar, en los estados de la República se manejan de manera distinta. En todo caso, debes acudir con un Juez Cívico y expresar los motivos por los que te sales o se acuerda dejar el domicilio conyugal, acompañados de dos testigos con identificación oficial, en caso de que desees tranquilidad, te entregaràn un acta especial.
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