Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 1454
  • Autor : F430LEGAL
  • Consultas en Foro: 4
  • Respuestas en Foro: 510
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 1393

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El hecho de que usted detente la patria potestad en lo absoluto, de ninguna manera exime al padre de su obligación de otorgar una pensión alimenticia suficiente y bastante para cubrir las necesidades de la menor.

    Lo que tiene que hacer usted, es demandar al padre el aseguramiento y pago de la pensión alimenticia, es un juicio que se radica ante un juez de lo familiar, en el cual va a necesitar de un Abogado.

    Si carece de $$ , acuda a la Defensoría de Oficio de los juzgados familiares de su estado, ó bien puede acudir al DIF de su comunidad, ya que generalmente cuentan con Abogados que cobran honorarios muy accesibles.