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AutorRespuesta No: 1763
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Noviembre de 2016 21:38 2016-11-16 21:38 desde IP: 189.190.149.13
Aun si pudiera hacerse algo ¿te aventarÃas a demandar? Porque habrÃa que pagar os honorarios del abogado y no sé si tu deposito, para ti, amerite el pago de honorarios y seguimiento de juicio e inclusive llegando a un amparo para discutir sobre la constitucionalidad del artÃculo que mencionas. . Por cierto tu consulta puede ir en el foro común o a la sala civil, esta sala (administrativa) es para asuntos que impliquen a autoridades y personas no conflictos entre personas.
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