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OBLIGADO SOLIDARIO COMO RETENEDOR DE ISR, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

  • Consulta : 99836
  • Autor : evazquezalfa_NR
  • Publicado : Viernes 28 de Enero de 2011 01:27 desde la IP: 189.181.181.207
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,144
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  • Autor
    Consulta

  • evazquezalfa_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    como obligado solidario de los trabajadores, en el caso de retenciones del isr, si se llegara hacer un ajuste a sus impuestos y esto generara cargas fiscales quien tendria que cubrir esos recargos y actualizaciones

     

    agradeciendo su atencion

     

    E.vazquez

     

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  • Autor
    Respuesta No: 356182

  • Ariel Raul
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Claro está que sería usted como patrón, ya que es su obligación hacer las retenciones cada periodo de pago, y si lo hizó en menor cantidad el error es suyo no de los trabajadores, ya que estos últimos solo cobran lo que usted les paga, y usted se encuentra en posibilidades de hacer las retensiones correctas cada vez que hace los pagos, luego entonces los trabajadores no deben pagar sus errores.

    Solo se puede hacer descuentos a los trabajadores en los meses de Enero y Febrero cuando del cálculo anual se tengan diferencias, pero solo con relación al ISR y nunca con la actualización y recargos.

    Saludos

    Lic. Ariel Reyes 



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