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PENSIONES

  • Consulta : 98643
  • Autor : candygirl_2909_NR
  • Publicado : Miércoles 19 de Enero de 2011 16:23 desde la IP: 189.248.211.191
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,127
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  • Autor
    Consulta

  • candygirl_2909_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tamaulipas

    ola tngo una duda: tengo 58 años y trabaje 10 años en una empresa (1972-1981) quisiera saber si puedo solicitar pensión o como puedo hacer para solicitarla, y en todo caso  ¿cuántos años laborales son requeridos para solicitar una pensión?, de antemano gracias!!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 205952

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    DESDE LUEGO QUE PUEDE, SE REQUIEREN 500 COTIZACIONES, (10 AÑOS TRABAJADOS), USTED NECESITA COTIZAR POR EL TERMINO DE UN AÑO PARA QUE REACTIVE SUS COTIZACIONES, ASI QUE SI APENAS TIENE 58 AÑOS, ESTA EN MUY BUEN TIEMPO DE CONSEGUIR UN EMPLEO CON SEGURO SOCIAL, Y EL DIA QUE CUMPLA 60 AÑOS, ESE DIA ACUDE A LA CLINICA DE SU ADSCRIPCION DE SEGURO SOCIAL A SOLICITAR LA PENSION POR CESANTIA, CUANDO LE DEN A FIRMAR EL DOCUMENTO DE ELEGIBILIDAD, REVISE QUE EN ESTE SE ENCUENTRE ESTABLECIDO QUE USTED DESEA PENSIONARSE BAJO EL REGIMEN DE LA LEY DEL IMSS DE 1973. ESO ES TODO, NO REQUIERE NADA MAS.  SALUDOS!!!



  • Autor
    Respuesta No: 205957

  • LIC. BENITEZ
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    hola sra. candy, muy buenas tardes, segun su comentario Usted trabajo 10 años en la empresa por ese hecho ante el IMSS tiene 520 semanas cotizadas esa era la cantidad de cotizacione que exigia el IMSS con el viejo regimen, ahora ya no tienen que ser 720,  y por su edad le recomiendo que mejor se espere a que cumpla 60 años para que puedas tramitar la pension por vejes.

    cuando usted tenga los 60 cumplidos tienes que ir a la subdelagacion del IMSS de tu localidad a tramitar la pension es gratuita, documentos que tienes que llevar acta de nacimiento, curp, credencial de elector, targeta del IMSS o la hoja rosa.

    te faltan dos años, pero puedes acudir a la subelegacion para que te informen la cantidad real de contizaciones ya que anteriormente a cada trabajo que uno tenia le asignaban un numero de seguridad social diferente, checalo.



  • Autor
    Respuesta No: 205967

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    estimado lic. benitez, tengo una duda abogado....  en donde se encuentra el fundamento de que tienen que ser 720 semanas de cotizacion???  la ley vigente contempla 1250 semanas, pero la consultante estuvo afiliada antes del primero de Julio de 1997, luego entonces le son aplicables los requisitos de la ley anterior vigente hasta el 30 de junio de 1997, que entonces eran de 500 semanas. y esta en posiblidad de elegir cual de los dos regimenes desea.

    Por otro lado, usted comenta que se espere a que cumpla 60 años para la pensiond e vejez, lo cual es incorrecto, porque la pension de vejez se tramita a los 65 años, y a los 60 la de cesantia. Aunque en este aspecto si podria convenirle mas a la consultante esperarse hasta cumplir los 65 años y solicitar una pension por vejez, habida cuenta de que la cuantía de la pensión podria aumentar considerablemente.

    Por ultimo le comento Lic. Benitez que las pensiones por cualquier concepto se tramitan en la Unidad de Medicina Familiar correspondiente al domicilio del Trabajador o Beneficiario, y no en las Subdelegaciones del Instituto. Salvo en los lugares en donde las Clinicas o unidades de medicina Familiar no cuenten con el departamento de Prestaciones económicas, que hasta noviembre de 2010 eran al rededor de 16 clinicas en todo el país, y se ubicaban en los estados de Guerrero, Oaxaca y Chiapas.  Saludos Lic, y espero me pueda orientar sobre el particular, ya que yo me dedico a estos asuntos y desde luego que si ahora son 720 semanas las resqueridas, pues me interesa saber donde esta plasmado y fundamentado eso, pues no quiero mal asesorar a mis clientes, saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 205977

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mí estimada consultante candygirl_2909:

    Mire, resulta totalmente apegado a derecho todo lo que le comenta TANGO210, por lo que yo solo le aconsejaría que acuda al IMSS a solicitar un certificado de  conservación de derechos, mismo que se lo dan rápido (aprox 5 a 10 días) y no tiene costo alguno, a efecto de corroborar que efectivamente existen estos antecedentes en su persona.

    Ahora bien, le comento lo anterior, toda vez que los registros de 1982 y anteriores (QUE ES SU CASO), luego tienen por ahí algunos problemas, por lo que sería bueno desde ahora, saber la realidad y en su caso, empezar hacer las correcciones correspondientes.

    Así las cosas, y dado que también es correcto lo que le señala TANGO210 respecto de tener que cotizar 52 semanas para reactivar sus derechos, solo quiero precisarle que el empleo no valla a ser simulado, en virtud de que el IMSS cuenta con una fiscalización especializada al respecto, y el mismo le pudiera generar una fraude a la Institución.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



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