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ESTRUPO

  • Consulta : 98559
  • Autor : aisha256_NR
  • Publicado : Miércoles 19 de Enero de 2011 01:51 desde la IP: 189.200.209.1
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,081
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  • Autor
    Consulta

  • aisha256_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tlaxcala

    hola solo quiero saber si estoy metido en muy serios problemas hace un año tuve relaciones con una menor de 13 años yo tengo 24 yo nunca la force ni la engañe de hecho aunque suene ilogico ella me buscaba y lo provoco ella se metia a mi cama cada vez que podia pero la verdad termine haciendo lo que ella queria  hora despues de un año me quieren demandar por violacion que puedo hacer y pss ella me sigue buscando pero no la he visto despues de un año quisiera que me orientaran

     

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  • Autor
    Respuesta No: 205836

  • Isengard
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Consultante:

    Pues si efectivamente, usted esta en graves problemas. Aunque usted diga que fue estupro el cual sigue siendo un delito tambien, ella puede alegar violación y este delito SI es grave, además que por ser menor de edad hay agravante y su tutor legal o padres pueden reconvenir que se le aplique la maxima pena que puede variar de 25 a 50 años en el botellón. Por ser delito grave no hay derecho a fianza y usted tendra que llevar el proceso bajo sombra.

    Eso que "ella me provoco" no le va a servir de nada cuando esté frente al juez de causa penal, No sea usted poco hombre acepte su responsabilidad y los costos que tiene llevar a cabo actos ilicitos. Recuerde que si ella se le metia a la cama, usted debio poner cerrojo a su recamara para impedir la entrada de la menor o simplemente usted pudo salir de la habitación. ¿Tiene piernas no es asi?.

    Recuerde que por ser menor de edad ella legalmente pero tambien psicologicamente NO ES MADURA ni tiene capacidad para discernir el bien y el mal TAL Y COMO un adulto deberia tener dicha capacidad. Ni modo amigo usted de haberla tenido no estaria en este GRAVE problema.

    Consiga abogado defensista en materia penal porque lo va a necesitar.



  • Autor
    Respuesta No: 205838

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buenos dias, pues de hecho no era estupro, era violacion, porque el estupro se tipifica al acto sexual con una persona mayor de 14 años, y menor de 18 años, aun con el consentimiento de la parte pasiva.

    A los 13 años teniendo tu 23 es violacion, aun cuando "Ella me buscaba y lo provoco ella se metia a mi cama cada vez que podia "

    Asi que si procede legalmente en tu contra, si tendras varios dolores de cabeza probando tu "Inocencia"



  • Autor
    Respuesta No: 205884

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido aisha256

     

    Con la poca información que usted aporta le comento que el delito que acusan es grave y delicado, la puberta a sus trece años su capacidad de representación simbólica y el lenguaje, aunque están desarrollados, la identidad personal y cultural están en proceso de formación. 

     

     Por ello, no han desarrollado un juicio que siempre les permita distinguir entre lo positivo y lo negativo, y/o entre lo verdadero y lo falso y que las escenas en un mundo de ficción causan un impacto y efecto distintos que las mismas escenas en un contexto realista, y el contexto sexual puede confundir, influenciar o afectar el desarrollo integral de esta niña, que esta todavía muy lejana del periodo de transición a la vida adulta y por ello carece de independencia y tiene bajo nivel  de discernimiento y conciencia de las consecuencias como es el embarazo

     

    Por lo que antes de que pase mas tiempo tienes que tener una estrategia legal muy urgente pues el delito por el que te pueden castigar es violación por equiparación, para probar mi afirmación te trascribo los siguientes:

    CODIGO PENAL TLAXCALA

    Artículo 221.- Comete el delito de violaciónel que por medio de la violencia física o moral tenga cópula con una persona de cualquier sexo.

     

                El delito de violaciónse sancionará con prisión de cuatro a diez años y multa de cien a quinientos días de salario.

     

                Cuando el sujeto pasivo sea menor de dieciocho años de edad, pero' mayor de catorce años, se duplicará la sanción establecida en el párrafo anterior.

     

                Cuando el sujeto pasivo sea menor de catorce años de edad, la pena aplicable será de ocho hasta veinticinco años de prisión y multa de doscientos a mil días de salario.

    Artículo 222.- Se equipara a la violación:

     

                I.- La cópula con persona privada de razón o de sentido, o que por enfermedad o cualquier otra causa, no pudiera resistir el hecho; y

     

                II.- La introducción con fines lascivos, que se haga a una persona, por vía oral, anal o vaginal, de cualquier elemento, instrumento u objeto distinto al miembro viril.

     

                En el caso previsto en la fracción I se impondrá al autor del delito, de cuatro a diez años de prisión y multa de cien a quinientos días de salario.

     

    En el caso de la fracción II las sanciones serán las establecidas en el artículo 221, según sea el caso.

     

    Espero haberle orientado  en caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic  José Juan Aguilera  

    TEL.  13 26 15 38   (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba  y a h o o. com. mx

     



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