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CALCULO DE LIQUIDACIóN
- Consulta : 98488
- Autor : luciagm1311_NR
- Publicado : Martes 18 de Enero de 2011 18:27 desde la IP: 200.57.154.107
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 18 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Hola!
En la compañia que trabajo me van a liquidar y quiero que me ayuden con mi calculo, tengo 4 años de antiguedad, fui contratada por tiempo indefinido y gano 500 pesos díarios, prestaciones superiores a la ley. Prima vacacional del 100% y 14 dias de vacaciones. El 01 de septiembre de 2010 cumpli los 4 años en la compañia y me liquidan el 31 de Enero de 2011.
En espera de sus comentarios, quedo a la orden.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 205724
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 18:44 2011-01-18 18:44 desde IP: 189.208.200.29
En repuesta a su consulta, le informo.
Su liquidación, en caso de que usted sea separada del trabajo sin haber incurrido en una causa de responsabilidad, debe comprender las prestaciones y candidades siguientes, para lo cual, tomé como punto de partida los datos que usted proporciona:
Indemnización constitucional, consistente en el pago de tres meses: $ 15,000.00
Prima de antigüedad, consistente en el pago de doce días de salario por cada año de servicios prestado, o parte proporcional, la que debe pagarse con un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo del área económica en que se ubique la empresa (53 días de salario, a razón de $ 119.00d iarios) $ 6,333.50
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Autor
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AutorRespuesta No: 205725
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 18:53 2011-01-18 18:53 desde IP: 189.208.200.29
Una disculpa, por un error envié la respuesta antes de terminar.
Vacaciones por los cuatro años cumplidos (14 días) $ 7,000.00;
Prima vacacional correspondiente al cuarto año (cien por ciento de 14 días) $ 7,000.00;
Vacaciones proporcionales al tiempo laborado del 1 de septiembre de 2010, al 31 de enero de 2011 (5.83 días) $ 2,916.66;
Prima vacacional proporcionl $ 2,916.66;
Aguinaldo proporcional al mes laborado en el 2011 $ 500.00;
Total: $ 41,666.82
A la anterior cantidad, deberá añadir el salario correspondiente a la segunda quincena de enero de 2011.
En caso de que no le paguen las anteriores prestaciones, no firme al patrón ningún documento, ni recibo finiquito, ni liquidación, ni renuncia, o cualquier otro del cual pueda desprenderse que usted fue quien dió por terminada la relación laboral; proceda inmediatamente a presentar su demanda por despido injustificado, antes de que transcurran dos meses, para lo cual deberá asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que lleve a cabo los trámites necesarios, reclamando en la demanda, además de los conceptos ya señalados, los salarios caídos, desde la fecha del despido, hasta el día que elpatrón de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 205743
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 19:56 2011-01-18 19:56 desde IP: 189.189.154.6
Lic. raulcadena: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Coincido casi con todos tus comentarios. Pero en donde no coincido es en la INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL, ya que a mí me da como resultado CUARENTA Y CINCO MIL PESOS, ya que como menciona lucía, dice que gana QUINIENTOS diarios, por tanto que ahí estaría el herror, por lo demás es coincido contigo. Respecto a las prestaciones SUPERIORES a la Ley Sólo dice que es el 100% de la Prima Vacacional, pero no dice nada del aguinaldo etc, etc, etc.
OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE ! ! ! ! ! ! !
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