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SE PUEDE REGISTRAR A UN BEBE SIN EL CONSENTIMIENTO DEL PADRE A SU NOMBRE
- Consulta : 98439
- Autor : rickleo68_NR
- Publicado : Martes 18 de Enero de 2011 14:29 desde la IP: 189.233.111.73
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,229
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 18 de Enero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 205679
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 14:35 2011-01-18 14:35 desde IP: 201.172.190.175
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Autor
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AutorRespuesta No: 205681
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 14:39 2011-01-18 14:39 desde IP: 200.76.176.77
Hola
Si efectivamente legalmente es posible realizarlo debido a que siguen casados y por tanto su hijo tiene que objetar que la separacion de cuerpos tiene mas de 5 años para que legalmente puedan encuadrarse las excepciones que la ley provee para el desconocimiento de paternidad.
Esto pasa por no divorciarse de inmediato y dejar pasar el tiempo. Porque todo hijo se presumira producto del matrimonio y por ende, el padre será el marido de la mujer.
Invoque la excepcion de que se le oculto el nacimiento de estos menores al conyuge y posiblemente por ahi tenga cabida el desconocimiento de paternidad.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 205683
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 14:51 2011-01-18 14:51 desde IP: 189.200.114.215
Es totalmente legal. Fueron registrados como hijos de matrimonio. Mientras no exista un divorcio se presumiran todos los hijos de ella como hijos de matrimonio SALVO PRUEBA EN CONTRARIO.
Dicha prueba en contrario se dirime ante el juzgado a traves de desconocimiento de paternidad donde se deberá probar que él no es el padre (ADN)
Una vez que quede firme y demostrado se ordenará la nulidad de las actas o al menos al exclusión del nombre del padre en las mismas y AHI podrá dar vista al Ministerio Público para que finque la responsabilidad penal por el delito de DELITO CONTRA LA FILIACION DE LAS PERSONAS y la mujer sea sancionada.
Pero mientras eso sucede... la ley presume que SON HIJOS DE MATRIMONIO y es totalemente legal.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 205695
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 15:40 2011-01-18 15:40 desde IP: 189.233.111.73
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AutorRespuesta No: 205744
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 20:03 2011-01-18 20:03 desde IP: 189.177.63.19
No necesariamente. puede iniciar ambos pues uno no excluye al otro.
Saludos cordiales
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AutorRespuesta No: 205766
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Enero de 2011 21:13 2011-01-18 21:13 desde IP: 187.194.28.169
el divorcio es una acción principal... pero la de desconocimiento de la paternidad ...es una accion secundaria que no tiene que ver con el divorcio o con su resultado... y ambas pueden ser tratadas en una sola demanda... pero lo viable es separar las acciones (dos demandas)... porque si el divorcio no se da... por ser acción secundaria y dependiente del resultado de la primera ... permaneceran ambas... en cambio... si ya esta demostrada la acción de desconocimiento dela paternidad...esta no altararael divorcio... pero no tendras que seguir dando pensión....
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