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TERMINO DE LA MODALIDAD 40 EN EL IMSS

  • Consulta : 98301
  • Autor : alcojua77_NR
  • Publicado : Lunes 17 de Enero de 2011 14:39 desde la IP: 189.139.79.44
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,146
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  • Autor
    Consulta

  • alcojua77_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes mi caso es el siguiente espero me puedan apoyar: Mi papá tiene 62 años de edad y hace un año ingreso a la modalida 40 del IMSS para poder mejorar su pension por ley 73, la idea es que cotizara un año más, el detalle es que mi papá desde hace dos años entro a trabajar a la CONAGUA en donde le dan ISSSTE y en este mes que fuimos al IMSS para renovar su modalidad 40, le pidieron su estado de cuenta de la AFORE y vieron que tenia saldo en los rubros de las subcuentas del ISSSTE y le preguntaron a mi papá que si estaba trabajando para el ISSSTE y el contesto que si pero que solo llevava dos años cotizando, entonces nos dijeron que no le podian renovar la modalidad 40 y que posiblemente no le harian valido el año que cotizo con la misma modalidad 40, cuando pedimos el sustento legal nos remitieron con una persona del juridico y nos dio un par de hoja que basicamente es el articulo 220  de la ley del IMSS, mi pregunta es si ellos estan en lo correcto ya que el articulo 220 marca la terminación de la modalidad 40 en el caso de ser dado de alta nuevamente en el regimen obligatorio, pero me imagino que es en el regimen obligatorio del IMSS no de otra Institución, ya que mi papá no creo que tenga derecho a una pensión del ISSSTE por el poco tiempo que lleva cotizando, espero me puedan ayudar con el sustento legal para poder debatirle al IMSS con pruebas.

    Muchas Gracias

    Hugo A.

     

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