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ENDOSO DE PAGARE
- Consulta : 97552
- Autor : ArmandoA
- Publicado : Martes 11 de Enero de 2011 18:39 desde la IP: 199.64.0.252
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,135
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 11 de Enero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 204323
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 18:47 2011-01-11 18:47 desde IP: 189.137.238.125
Consultante:
El pagaré se debe endosar en procuración, para que pueda ser presentado para su cobro en la vía judicial; al hacer este endoso, usted sigue siendo el titular del documento, es decir; solo faculta al abogado para poder demandar.
El endoso en propiedad, se transmiten todos los derechos del título al endostario a título de dueño.
Usted debe hacer un endoso en procuración.
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Autor
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AutorRespuesta No: 204328
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 18:54 2011-01-11 18:54 desde IP: 199.64.0.252
Si ya esta endosado en Propiedad y tengo un contrato de servicios por parte del abogado en donde especifica que fue endosado solo para fines de cobranza, pero el abogado ya ejecuto la accion de embargar.
¿Se puede meter escrito en el espediente para corregir el endoso de Propiedad a Procuracion?
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Autor
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AutorRespuesta No: 204353
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 19:52 2011-01-11 19:52 desde IP: 189.137.238.125
Consultante:
Entonces ¿ su abogado ya ejecuto sentencia? o ¿ apenas se va proceder con el remate?
Mire es muy bueno que se haya firmado un contrato de prestción de servicios profesionales, ya que de esta maneraa se protege abogado y cliente.
Si bien es cierto que el pagaré se debe endosar en procuración para el cobro, no menos cierto es que en ocasiones el cliente cobra el monto recuperado y al abogado no le pagan,lo dejan "chiflando en la loma", y se desaprecen ( a mi ya me paso, al final me terminaron pagando y con intereses, pero vay que si fue latoso), por eso algunos abogados piden el enodoso en propiedad. Depende del acuerdo entre cliente y abogado.
Le sugiero que hable con su abogado, y comente su inquietud, que le informe bien el estado procesal que guarda su expediente, de todas formas, con el contrato que firmaron, (a reserva de leer los alcances legales del mismo), usted esta protegido, pero hable con su abogado, y sobre todo no se desentienda de su litigio.
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Autor
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AutorRespuesta No: 204369
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 20:37 2011-01-11 20:37 desde IP: 187.140.148.154
La sentencia ya causo estado y esta en punto de proceder con el remate, solo que el embargo nomas fue por el 50% de la propiedad donde vive la persona. Este caso es parte del otro que me contestaste.
En este momento el caso tiene tiempo de no moverse y esta en el archivo, lo que necesito es revisar bien el contrato. Yo le endose en propiedad porque yo no vivia en la ciudad donde fue el juicio, ahora ya vivo aqui pero revisando bien esto me doy cuenta que necesito revisar bien el asunto antes de meterle mas dinero bueno al malo.
Se que no es atractivo rematar un bien al 50% ¿que otra opcion tengo para adjudicarme ese 50% a mi no mbre legalmente?
¿Escrituracion?
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