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DESPIDO INJUSTIFICADO SIN RECIBO DE SUELDO
- Consulta : 97474
- Autor : marioargentin6_NR
- Publicado : Martes 11 de Enero de 2011 07:56 desde la IP: 200.52.3.195
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,132
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 11 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Coahuila
me han despedido injustificadamente y ahora que debo reclamar consulto como puedo hacer para comprobal pago completo de mi salario, ya que por nomina, me pagaban una parte con recibo y prestaciones pero la otra no. de la que no tengo recibo, me pagaban con cheque a mi nombre, y yo los depositaba en una cuenta de Afirme que esta a nombre de mi esposa y mio, pero como soy extranjero, en el estado de cuenta aparece el nombre de mi esposa. asi cobraba, en resumen, una pate me la depositaban en una cuenta de suma banorte y la otra con un cheque a mi nombre, pero de esta ultima no tengo recibos. mi trabajo era de jardinero y mozo en una residencia.
espero su respuesta para ver que y como le hago para reclamar el pago de mi indemnizacion. gracias. Mario
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 204207
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 08:45 2011-01-11 08:45 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Con motivo del despido injustificado de que ha sido objeto, debe demandar a su patrón, reclamándole el pago de la indemnización constitucional, consistente en el pago de tres meses de sueldo; prima de antigüedad, consistente en doce días de salario por cada año de servicios prestados, o parte proporcional, prestación q
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Autor
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AutorRespuesta No: 204209
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 08:57 2011-01-11 08:57 desde IP: 189.208.200.29
Perdón, envié la respuesta antes de concluirla, por lo que la continúo:
prima de antigüedad, consistente en el pago de doce días de salario por cada año de servicios prestados, o parte proporcional, pretación que se paga con un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo de la zona económica del lugar en que prestaba su servicio; vacaciones y prima vacacional, correspondientes al último año de servicios, en caso de que no le hayan otorgado las primeras y no le hubieran pagado la segunda; vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo laborado apartir del último año de servicios cumplido, a la fecha del despido; aguinaldo proporcional a los días laborados durante 2011, en caso de que el despidohaya sido este año, y el correspondiente al 2010, si no le fue pagado; sueldo y prestaciones ordinarias devengadas al momento del despido que no le hayan sido pagadas, y los salarios caídos, desde la fecha deldespido hastael día que el patrón de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos.
El salario que deberá tomar en cuenta para la integración de su salario diario, debe ser tanto el que recibía mediante la firma del recibo correspondiente, como el que le era pagado con cheque, cantidades que de acuerdo al puesto que tenia y el lugar en que prestaba sus servicios, se infiere que usted tenía el carácter deempleado doméstico, por lo que si en el lugar en que trabajaba, le proporcionaban alimentos y habitación; solamente alimentos, o únicamente habitación, dicho salario deberá incrementarlo en un veinticinco por ciento por cada uno de dichos conceptos.
Dado que la parte que recibía fuera de recibo de nómina, le era pagada mediante un cheque nominativo, usted podrá acreditarlo ofreciento la prueba documental consistente en el informe que rinda la Institución de Crédito contrala cual eran librados los cheques que se le entregaban, careciendo de relevancia que para poder cobrarlos, los depositara usted en una cuenta bancaria de su esposa, ya que lo importante es que se extendían a su nombre, de forma tal que ello demuestra fehacientementeelpago, y es indicio entonces de que dicho pago era por concepto de parte de su salario; además, podrá ofrecer, para adminicularla con el informe mencionado, pruebas de inspección, las que el abogado que lo asista, quien tendrá mayor conocimiento de los detalles de su problema, podrá establecer cuáles serán los documentos objeto de la misma.
Debe asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que lleve a cabo los trámites necesarios,pues su demanda deberá presentarla antes de que transcurran dos meses a partir de la fecha en que fue despedido.
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AutorRespuesta No: 204414
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Enero de 2011 08:00 2011-01-12 08:00 desde IP: 200.52.3.195
gracias licenciado por aclarar mis dudas, y pido disculpas por reiterar la consulta, ya que era mi primera consulta y pense que como no estaba registrado no me la habian aceptado, asi que la hice de nuevo despues de registrarme. pero no va a volver a suceder. gracias por todo
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