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PRESCRIPCION DEL IMPUESTO PREDIAL EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA

  • Consulta : 96505
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Lunes 03 de Enero de 2011 20:31 desde la IP: 189.244.11.198
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,148
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua

    Hola buena tarde, adquiri una propiedad desde el 2001, desde entonces no he pagado el impuesto predial de dicha propiedad,  eschuche  a una  persona hablar sobre la prescripcion de dicho impuesto, alguien podra explicarme de que se trata dicha prescripcion y como solicitarla, gracias!!.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 202811

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Por regla general los créditos fiscales prescriben (se extinguen por falta de acciones de cobro) en el plazo de cinco años. Requiere Usted consultar con un abogado de su confianza a efecto de promover ante el municipio correspondiente la declaratoria respectiva respecto de los años 2001 al 2005 que serían los que muy probablemente ya estén prescritos.

    Si Usted se acerca con la autoridad municipal respectiva, puede tratar de llegar a un acuerdo o convenio para el pago en parcialidades de los créditos correspondientes a los años 2006, 07, 08, 09 y 10 y dentro de dicho convenio, la autoridad puede hacer la declaratoria de prescripción respecto de los créditos anteriores.

    Si Usted no obtiene de la autoridad respuesta favorable, será necesario iniciar acciones legales y por lo mismo le recomiendo que, hasta en tanto no este hecha la declaratoria de prescripción o el convenio respectivo que incluya aquella, se abstenga absolutamente de firmar documento alguno y en todo caso, hágase acompañar de su asesor legal.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 202824

  • jmnl21
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    exactamente las obligaciones fiscales prescriben en 5 AÑOS ... OSEA SOLO HAS LA CUENTA DE 5 AÑOS ! Y LISTO !



  • Autor
    Respuesta No: 202863

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente a los cinco años prescriben los créditos fiscales, pero no se haga ilusiones, la autoridad  podrá acreditar que ha interrumpido la prescripción con requerimientos por ser autoridad fiscal autónoma, aún cuando no le hubieren requerido, siempre tendrán papel de la época para acreditarlo. Lo único que puede hacer es pagar los impuestos más actualizaciones y recargos, antes agradezca que no lo han multado. La próxima vez que le requieran será con embargo. A los contribuyentes cautivos los impuestos nadie nos los quita. "Mucho cuidado con los que le digan que haga la cuanta de cinco años y listo" esos consejos sólo puede provenir de quienen no tiene la menor idea de la materia fiscal y mucho menos experiencia.

    Si Usted acude a la autoridad local o al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para solicitar la prescripción del impueto predial, al momento de contestar, le exhibirán los requerimientos que han interrumpido la prescripción, sin su firma (la de Usted) ya que no la requieren, pero eso sí, con papel y sellos de la época y firmada por las autoridades de ese enctonces. Mejor solicite el pago en parcialidades.



  • Autor
    Respuesta No: 202869

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Por tratarse de un impuesto local, debo modificar: En donde dice "Tribunal Federal de Justiticia Fiscal y Administrativa", debe decir: "Tribunal de lo Contencioso Administrativo".



  • Autor
    Respuesta No: 277346

  • expertllc
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    "" al momento de contestar, le exhibirán los requerimientos que han interrumpido la prescripción, sin su firma (la de Usted) ya que no la requieren, pero eso sí, con papel y sellos de la época y firmada por las autoridades de ese enctonces. Mejor solicite el pago en parcialidades.""

    ESTA RESPUESTA ES UN SIMPLISMO..Tecnicamente es posible determinar la antiguedad del papel, tintas y sellos por metodos forenses...Y los funcionarios pueden ser acusados penalmente de falsificacion de dcoumnetos en juicio y no creo que muchos funcionarios se avienten ese trompo a la una asi de facilito..



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