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DESPIDO

  • Consulta : 4910
  • Autor : LICALMAA
  • Publicado : Miércoles 11 de Febrero de 2009 20:32 desde la IP: 189.156.215.146
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 416
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    Consulta

  • LICALMAA
    USUARIO REGISTRADO

    BUEN DIA: TRABAJO EN UN RESTAURANT, EN EL CUAL ME ACABO DE HACER CARGO DE ARMAR UN DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUUMANOS, PUES NO EXISTIA, HABLO DE QUE NO HABIA EL MAS MINIMO CONTROL SOBRE DATOS DE EMPLEADOS, CONTRATOS, ETC... TENGO QUE DESPEDIR A UNA COCINERA DE LA CUAL NO HAY CONTRATO, Y EN UN LAPSO DE MENOS DE 30 DIAS YA REUNIO 7 FALTAS INJUSTIFICADAS, SEGUN EL REGLAMENTO QUE NOS ELABORO UN ABOGADO LABORAL, ESPECIFICA QUE DE TENER MAS DE 3 FALTAS INJUSTIFICADAS ES MOTIVO PARA RESCINDIR EL CONTRATO, AHORA ESE ABOGADO YA NO LABORA CON NOSOTROS, PUEDO YO, COMO ENCARGADA DE PERSONAL, LLEVARLA A CONCILIACION PARA QUE AHI CONSTE QUE LE PAGAMOS SU FINIQUITO LEGALMENTE????? PARA ESTO YA LLEVE A QUE ME SELLARAN EN CONCILIACION Y ARBITRAJE LAS ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS FALTAS. OJALA ME PUEDAN AYUDAR, NO ME GUSTARIA LLEGAR CON LA SRA Y QUE ME REGRESEN O ME EXIJAN IR CON UN ABOGADO. GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 12415

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    para ir a conciliación y arbitraje deberas tener carta poder que te acredite como apoderada legal del negocio en donde laboras.



  • Autor
    Respuesta No: 12427

  • LICALMAA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    MUCHAS GRACIAS, ENTONCES NO LA LLEVO, NO SOY APODERADA LEGAL, MUY AMABLE.



  • Autor
    Respuesta No: 12432

  • El Justiciero
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Difieron con la respuesta anterior ya que si bien es cierto que hay que tener cierta personeria juridica tambien es cierto que quien sea el apoderado legal de la empresa puede cederle a usted como Jefe de Personal un poder notarial para que los represente ante la Junta para cualquier cuestion laboral, ademas lamentablemente si no hay un contrato de trabajo por escrito como va a demostrar usted como enmpresa que si falta por ejemplo el lunes es falta injustificada si no viene especificado en algn contrato los dias y horas de su jonrada de trabajo, para ppoder reclamar una falta como injustificad es importante que usted elabore un contrato de trabajo donde señale los dias y horas de labores, de lo contrario la falta de esa formalidad es un punto a favor para el trabajador.
    Sin otro particular por el momento le invito a que me contacte en mi correo electronico de hot mail decm04arrobahot mail



  • Autor
    Respuesta No: 12444

  • Hector Mata
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Puede comprobar las faltas injustificadas con la firma de la trabajadora sobre las listas de asistencia en donde se especifique los días de asistencia y los días de falta injustificada.

    Además, para rescindir la relción por faltas hay que elaborar un escrito de aviso de rescisión dirigido a la trabajadora y firmado por el apoderado legal de la empresa; que la trabajadora le firme una copia de recibido, y después pagarle sus prestaciones y que le firme el recibo finiquito. No es necesario llevar a la Junta de Conciliación a la trabajadora, pues la firma y huella de la trabajadora sería suficiente.



  • Autor
    Respuesta No: 12484

  • LICALMAA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    MUCHAS GRACIAS SUS RESPUESTAS ME AYUDARON MUCHISIMO............PERO AUXILIO!!!!!! Y QUE HACER CUANDO LA TRABAJADORA SE NIEGA A FIRMAR Y A RECIBIR EL AVISO, PORQUE ESO ME PASO!!!



  • Autor
    Respuesta No: 12520

  • Hector Mata
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Espero que le haya tratado de entregar el aviso en presencia de dos testigos por lo menos, ya que en este caso si llegará abrirse un juicio, en el mismo deberá de demostrar que le intentó entregar el aviso personalmente a la trabajadora, pues si no demuestra tal extremo el despido será injustificado independientemente de las faltas injustificadas.

    Ua vez que le intentó notificar personalmente la rescisión a la trabajadora, y ésta no recibió el escrito, dentro de los cinco días siguientes deberá de solicitar a la Junta de Conciliación que le notifique la rescisión a la trabajadora; solicitud que deberá de cumplir con los siguientes requisitos:

    1. que la persona que dé el aviso acredite debidamente la personalidad, por lo que si se trata de una persona moral deberá anexarse un poder notariado.

     2. que el escrito manifieste las circustancias de modo, timpo y lugar sobre el hecho de intentar notificar personalmente al trabajador. No debe de acompañar un acta administrativa firmada por dos testigos, como muchos piensan, ya que este procediiento es de jurisdicción voluntaria en donde aún no existe controversia, por lo que bastará manifestar los hechos, pues será hasta el juicio (si es que hay) en donde deba de coprobar su dicho.

    3. se deben de manifestar la fecha y causa o causas de rescisión, debidamente fundadas y motivadas, y solicitar que se le notifique al trabajador, para lo cual deberá de anexar el escrito dirigido al trabajador y una copia. 

    4. Deberá de señalarse el domicilio del trabajador en el cual se le pueda notificar.



  • Autor
    Respuesta No: 12547

  • LICALMAA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    MUCHISISISIMAS GRACIAS!!! SI, LO BUENO DE TODO ES QUE SI LE HICE ENTREGA DEL AVISO ANTE TESTIGOS, Y LO MEJOR DE TODO ES QUE CREEO QUE LO PENSO, Y QUIZO NEGOCIAR, Y ES ALGO A LO QUE ESTAMOS ABIERTOS, PERO NECESITO UN CONSEJO, ELLA DICE QUE FIRMA SIN PROBLEMA EL DESPIDO, PERO QUE SI "POR FAVOR" LA PODEMOS DEJAR EN EL IMSS UNOS 3 MESES, PUES SE ENCUENTRA EN MEDIO DE UN TRAMITE DE INFONAVIT, NOS AFECTARA DE ALGUNA MANERA SI ACEPTAMOS???? LE DIJE QUE ME DEJARA CONSULTARLO CON MI JEFA, ELLA ME DIJO QUE LO QUE YO CONSIDERARA MENOS PERJUDICIAL PARA LA EMPRESA, PERO NO SE QUE HACER, ME PODRIA AYUDAR????? GRACIAS

     



  • Autor
    Respuesta No: 12549

  • LICALMAA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    MUCHISISISIMAS GRACIAS!!! SI, LO BUENO DE TODO ES QUE SI LE HICE ENTREGA DEL AVISO ANTE TESTIGOS, Y LO MEJOR DE TODO ES QUE CREEO QUE LO PENSO, Y QUIZO NEGOCIAR, Y ES ALGO A LO QUE ESTAMOS ABIERTOS, PERO NECESITO UN CONSEJO, ELLA DICE QUE FIRMA SIN PROBLEMA EL DESPIDO, PERO QUE SI "POR FAVOR" LA PODEMOS DEJAR EN EL IMSS UNOS 3 MESES, PUES SE ENCUENTRA EN MEDIO DE UN TRAMITE DE INFONAVIT, NOS AFECTARA DE ALGUNA MANERA SI ACEPTAMOS???? LE DIJE QUE ME DEJARA CONSULTARLO CON MI JEFA, ELLA ME DIJO QUE LO QUE YO CONSIDERARA MENOS PERJUDICIAL PARA LA EMPRESA, PERO NO SE QUE HACER, ME PODRIA AYUDAR????? GRACIAS

     



  • Autor
    Respuesta No: 12558

  • odon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    la rescision de trabajo es un  tema de mucha delicadesa en su aplicacion y si no sabes hacerlo consulta abogado pues de lo contrario tu accion acarreria riesgos economicos al patron. suerte



  • Autor
    Respuesta No: 12686

  • Hector Mata
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No te afectará de ninguna manera dejarla en el IMSS, siempre y cuando te firme un convenio de terminación de trabajo en la Junta de Conciliación en donde se establesca las prestaciones que le estas pagando.



  • Autor
    Respuesta No: 20846

  • licpozos
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    LE SUGIERO REALICE UN CONVENIO FUERA DE JUICIO CON LA TRABAJADORA ANTE LA JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, A EFECTO DE NO INCURRIR EN RIESGOS, SALUDOS



  • Autor
    Respuesta No: 20848

  • rocavirtual
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Considero que muchas de las respuestas son muy bien intencionadas pero erròneas; le doy mi opiniòn:

    1.- Si la trabajadora se niega a recibir el aviso, no tiene que promover un "juicio" como erròneamente la manifiesta algùn colega, lo correcto es promover un procedimiento paraprocesal o voluntario para efectos de que por conducto de la Junta se le haga llegar dicho aviso;

    2.- Si ya aceptò la rescisiòn, entonces la opciòn es que vaya ante la Junta de Conciliaciòn de su localidad y celebre el convenio de terminaciòn voluntaria de la relaciòn laboral, le cubra a esta trabajadora sus proporcionales de vacaciones, aguinaldo y prima vacacional.

    3.- Si la empresa es persona moral, requiere llevar el testimonio notarial original donde conste la constituciòn de la empresa, así como el testimonio que acredite quièn es el representante legal; si Usted no lo es, bastarà con que agregue a la documentaciòn ya mencionada una carta poder expedida por dicho representante a favor suyo. Si la empresa es persona fìsica, lleve entonces el alta ante Hacienda y carta poder del propietario donde le otorgue a Usted facultades para celebrar el convenio ante esa autoridad laboral.

    Le sugiero que contrate los servicios profesionales de un abogado, pues siendo el patròn, la Junta no subsana los errores en los que pueda incurrir y por ende, a largo plazo le saldrà mas caro enfrentar un juicio que contratar ahora a un abogado que realice el finiquito de su trabajadora.

    Saludos!



  • Autor
    Respuesta No: 20966

  • polo
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    LICALMAA; Hola buenas noches, Recibe cordiale saludosde tu amigo el Lic. polo de Ecatepec de Morelos Estado de México, bueno por principio de cuentas si como manifiesta que la COCINERA ya tubo en un mes SIETE FALTAS INJUSTIFICADAS, por ese sólo hecho es causal de DESPIDO justificado, de todos los foristas que me anteceden (respeto sus opiniones), todos tienen su particular punto de vista y muy respetable reitero, aquí no hay más que decir SI USTED manifiesta que ya habló con laCOCINERA, y ésta acepta firmar la RENUNCIA con la CONDICIÓN de que le deje un rato más con el IMSS, para terminar sus trámites ante el INFONAVIT, como diríamos coloquialmente AMARRELA con esa opción,y hagale el convenio bien desglosado con lo que respecta a sus Vacaciones, Prima Vacacional, Aguinaldo etc. y sí efectivamente hágalo ante la JUNTA DE CONCILIACION de su estado por seguridad jurídica, si su patron tiene LA ESCRITURA NOTARIAL del restaurante donde el aparezca como único ADMINISTRADOR, dígale que se lo de y tambien que le firme una  CARTA PODER, como administrador del restaurante, en la cual le otorgará las facultades para comparecer ante la junta y ostentarse como apoderada legal (claro que, la carta poder, dirá usted que la misma la relaciona con la escritura notarial), ya ante la junta así sepuede ostentar, MUCHAS  de las veces cuando se trata deconvenios FUERA DE JUICIO, las SECRETARIAS ya tienen un formato, y ellas lo llenan sin necesidad de hacer uso de la palabra, claro que usted deberá deidentificarse, ahí le puedde decir a la SECRETARIA que le ayude a que quede bien el convenio, es decir que no queden prestaciones pendientes de cobrar, como las utilidades, que se manifieste que se le paga todo, alfinal pues dele las gracias a la secretaria $$$$, es mi punto de vista, y presione a la cocinera para que acepte y dejela como pide, otro rato de alta ante el saguro. ok? SALUDOS Y SUERTE ! ! ! !   



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