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SIN BIENES PARA EMBARGO
- Consulta : 286304
- Autor : lletramlletram_NR
- Publicado :
Jueves 03 de Octubre de 2019 18:30
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,103
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 03 de Octubre de 2019
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 400154
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Octubre de 2019 19:24 2019-10-03 19:24 desde IP: 189.141.7.200
tu abogado sabe q hacer
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Autor
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AutorRespuesta No: 400205
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Noviembre de 2019 05:32 2019-11-01 05:32 desde IP: 189.217.120.38
Si no hay bienes no faltaré e coyote que le venga con el cuento de que es fraude y él sí sabe como hacerlo por la vía penal... etc. Si no hay bienes Usted es una víctima más del hágalo Usted mismo y por ahorrarse al abogado se le hizo fácil. Los préstamos deben hacerse mediante contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria.
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