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CONSTRUCCION PROPIEDAD CON USUFRUCTO VITALICIO

  • Consulta : 285884
  • Autor : yomero57.ap_NR
  • Publicado : Jueves 11 de Abril de 2019 18:39
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,113
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  • Autor
    Consulta

  • yomero57.ap_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato
    Tengo el ususfructo vitalicio de una propiedad , mi esposa tiene la nuda cabe hacer mención estamos separados , ella quiere construir pero por mi parte no, podría ella construir sin ninguna autorización de mi parte o sea hacerlo sin necesidad de que yo pueda intervenir

     

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  • Autor
    Respuesta No: 399694

  • ANTONIO PULIDO VEGA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic Garovalo algun otro Lic que nos diera la asesoria ..Gracias



  • Autor
    Respuesta No: 399695

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    ¿¡¿Cómo está distribuida la propiedad (terreno y construcción) según las escrituras?!?

    ¿¡¿Acaso la señora pretende construir encima de lo que ya está construído?!?

    Incluso si la esposa pretendiera construir sobre una porción del terreno carente de construcción estaría afectando el derecho del consultante al impedirle el uso y disfrute del terreno sin construir.



  • Autor
    Respuesta No: 399697

  • ANTONIO PULIDO VEGA
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic Magister gracias por su pronta respuesta , no fui muy especifico pero me quedo clara su respuesta , si quiere construiir un local en ina parte que es area de estacionmaiento , cochera de la casa sin techar



  • Autor
    Respuesta No: 399698

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ANTONIO PULIDO VEGA:

    Reitero que: “Incluso si la esposa pretendiera construir sobre una porción del terreno carente de construcción estaría afectando el derecho del consultante al impedirle el uso y disfrute del terreno sin construir.”.

    Sin mayores informes el desahogo de esta consulta queda reservado.



  • Autor
    Respuesta No: 399720

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ella tiene la nuda propiedad.... es la propietaria.... tu tienes el usufructo vitalicio... ella no puede disponer en todo o en parte de la propiedad... hasta que mueras... de ninguna forma... y por ninguna causa... si tu no lo permites y le das ese permiso por escrito y ante una autoridad... judicial o ante notario y se asiente este permiso en el registro publico de la propiedad... tampoco puede ella pedir prestamos... de ninguna especie... garantizando con la propiedad... sin tu permiso expreso... si tu construyes... es de ella... pero ella no lo puede usar... tu eres el USUFRUCTUARIO... el beneficiario de la propiedad... no la puedes vender...ceder...donar... permutar... pero si rentar... y no necesitas permiso... para esto ultimo de la nuda propietaria... solo si el arrendamiento es superior a cinco años... ya que de igual forma ...debe ser asenado en la escritura en el registro publico...



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