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LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL
- Consulta : 285664
- Autor : aperezmontiel_NR
- Publicado :
Miércoles 20 de Febrero de 2019 23:47
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,135
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 20 de Febrero de 2019
Estado de Referencia: Distrito Federal
buenas tardes, soy de la ciudad de mexica, me divorcie en 2010, solo fue el divorcio y la pensión alimenticia para mis hijos, viví en unión libre un tiempo con el que fuera mi esposo en ese lapso, el compro un departamento y lo escrituro el departamento esta a su nombre, posteriormente nos casamos por el civil por bienes mancomunados, aun puedo iniciar el incidente de liquidación de la sociedad conyugal, si es que me corresponde algo. Muchas Gracias -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 399489
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Febrero de 2019 16:10 2019-02-21 16:10 desde IP: 189.146.85.133
Se debe liquidar la Sociedad Conyugal y hacer valer la fecha de adquisicion del departamento...cualquier duda y/o consulta adicional estamos a sus ordenes 9 1 8 3 3 8 0 4 Lic. Contreras.
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Autor
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AutorRespuesta No: 399494
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Febrero de 2019 16:35 2019-02-21 16:35 desde IP: 189.180.169.194
el que hayan vivido en unión libre o en concubinato... no genera derechos sobre el inmueble...si este se adquirió antes del matrimonio... la sociedad conyugal nace... con el matrimonio... y no antes...
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