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PRESCRIPCIóN DE LA EJECUCIóN DE LA SENTENCIA EN EJECUTIVO MERCANTIL
- Consulta : 285600
- Autor : mavrl393_NR
- Publicado :
Sábado 09 de Febrero de 2019 21:01
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,135
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 09 de Febrero de 2019
Estado de Referencia: Aguascalientes
La prescripción de la ejecución de la sentencia ya no opera después de que inició cualquier promoción para ejecutarla (edictos, remate, certificó libre de gravamen, etc) o continúa hasta que se ejecuta la sentencia (por ejemplo que el bien se adjudique a un tercero y se le entreguen escrituras)? Por ejemplo que hayan pasado 15 años después del segundo remate en el que no hubo postor, se puede realizar un incidente de prescripción de la ejecución de sentencia? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 399411
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2019 00:38 2019-02-11 00:38 desde IP: 189.180.206.73
si el asunto se llevo a cabo con ley que no reconoce la prescripción a que hace mención el articulo 1079 del código de comercio... no hay prescripción...
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