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CONTESTACIóN A DEMANDA LABORAL

  • Consulta : 285478
  • Autor : martineztval_NR
  • Publicado : Jueves 24 de Enero de 2019 20:45
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • martineztval_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro
    Buenas tardes a todos los participantes en este foro. Seré lo más claro posible. En un juicio laboral represento a la parte demandada.En abril de 2018 el demandante presentó escrito inicial de demanda por despido injustificado, posteriormente en julio 2018 presenta diversa demanda por acciones diferentes a la de la primera, se acordó la de abril 2018 y se señaló fecha para audiencia de conciliación demanda y excepciones. Llegada la fecha señalada, en la misma, en escrito formulado por la junta del conocimiento, el actor se desiste a su entero perjuicio, lisa y llanamente de la demanda, acciones y prestaciones reclamadas en el escrito inicial, sin reservarse acción alguna que ejercer en ninguna de las personas demandadas, señaladas con ese carácter en el escrito inicial. Ahora, debo dar contestación a la segunda demanda este 28 de enero de 2019, aquí la consulta, ¿en que sentido debo contestar la segunda demanda? ¿debo dar contestación a los hecho del segundo escrito? Si tomamos en cuenta que: a) Lo hizo ante Autoridad competente. b) Lo hizo de viva voz, lisa y llanamente, no mediante apoderado, esto significa que lo expresado por el actor fue su voluntad, no hay necesidad de ratificarlo ante la junta. c) No solo se desistió de la demanda (lo que solo conlleva la pérdida de los derechos procesales y situaciones procesales) sino que también lo hizo en referencia a las acciones (extinción o pérdida del derecho que el actor hizo valer en el juicio; al renunciar a la acción se renuncia al derecho) de la demanda primeramente presentada. d) No se reservó acción alguna que ejercer contra el demandado, lo que tiene por consecuencia que en la demanda interpuesta con posterioridad, el 12 de julio de 2018, el actor carece de ACCIÓN Y DERECHO para demandar. Agradeceré mucho sus comentarios

     

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  • Autor
    Respuesta No: 399324

  • eveliosalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes. Enfocándonos en tu pregunta, si como comentas, la demanda de la cual no se desistió el actor versa sobre acciones diferentes a las hechas valer por el mismo en el procedimiento del cuál se desistió, en efecto, tu contestación deberá versar sobre los hechos de la segunda demanda, ya que si bien es cierto hubo un desistimiento, dicho desistimiento fue de una acción diversa. Saludos y espero te ayude o aclare el panorama.



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