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PAGO DE PREDIAL

  • Consulta : 284390
  • Autor : emirak.182_NR
  • Publicado : Sábado 28 de Julio de 2018 00:45
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,131
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  • Autor
    Consulta

  • emirak.182_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    La semana pasada me llegó una invitación de pago de predial (se debe 2017 y 2018). Sin embargo ahorita no estoy en condiciones de pagar el monto total,¿ pueden embargar si no se realiza el pago? Así mismo la construcción tiene un excedente que no está registrado en la boleta predial y según esto tengo que pagar 5 años atrás de ese excedente, ¿se puede llegar a una negociación de dicho pago?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 398194

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si es una invitación, eso le beneficia porque se ahorra la multa. El embargo sí es procedente pero sólo le colocarán un sello en la puerta. Acción que puede impugnar ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, ya que efectivamente la autoridad no tienen facultades para colocar sellos. En cuanto al excedente del predio sí puede llegar a un acuerdo con la autoridad para pagar en parcialidades.



  • Autor
    Respuesta No: 398196

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El embargo sí es procedente pero sólo sobre la cuenta predial... esto significa... que siempre que quieras pagar algo... si no pagas tu deuda predial... no podrás hacer pago de multas de transito... cambios de propietario... venta de tu casa... o cambio por impuesto de traslado de dominio... eso es muy común en el centro del país... la comadora te tiene ubicada...



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