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ABUZO DE CONFIANZA Y FRAUDE

  • Consulta : 284358
  • Autor : frut_zii_NR
  • Publicado : Jueves 19 de Julio de 2018 15:13
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • frut_zii_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chihuahua
    Hola buenos dias quiero que me saquen de dudas estuve trabajando en una empresa alrededor de dos tres meses me demandaron de fraude y abuso de confianza porque se dieron cuenta que tomaba dinero pero no solo fui yo si no mi compañera total me dijeron que debia 23mil pesos yo sola que mi compañera no debia nada. Me puso demanda el dueño no acudi a fiscalia me mandaron a citar como dos veces ya ha pasado un año desde la notificación mi pregunta es si ya tengo el dinero mi deuda ya a aumentado comforme el tiempo o no tiene nada que ver? Aparte no pagare 23 mil pesos que no son mios nada mas si no tambiem de mi compañera se abriria una investigaciom otravez?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 398063

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    frut_zii:

    En su consulta informa que ya pasó un año desde que la citaron en la fiscalía, y sin embargo nunca la han citado a una audiencia de vinculación a proceso en un juzgado penal, lo que en resumidas cuentas significa que el agente del Ministerio Público carece de pruebas como para consignarla y enjuiciarla, por lo que lo que más le conviene es guardar su dinero y abstenerse de pagar lo que le acusan de fraude, pues mi experiencia como abogado penalista (49 años y 8 meses) me hace ver que nunca la acusarán ante juez penal por falta de pruebas en contra de usted, porque si tuvieran pruebas, usted ya estaría presa.



  • Autor
    Respuesta No: 398066

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los delitos de abuso de confianza.... y fraude... no son coexistentes... o es uno o es otro... si te llamaron... es para que rindieras tu declaración... y si tuvieran pruebas de que hay o no un delito... este ya se hubiera concretado... o definido en un medio alternativo... reserva el dinero... para que lo tengas en el momento que se necesite... si es que llega ese momento... pasados tres años de la fecha de la citación... hay caducidad y ya no procede la acción penal...



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