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PAGO DE PAGARE
- Consulta : 283913
- Autor : magda198x_NR
- Publicado : Martes 13 de Marzo de 2018 13:45 desde la IP: 177.226.252.60
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,138
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 13 de Marzo de 2018
Estado de Referencia: Puebla
Firme un pagaré por 13,000 pesos pague 10% de interés por 7 años enferme deje de pagar, ahora me exige pago del dinero y todos los intereses desde la firma, le ofrecí pagar el dinero que me presto no la aceptó quiere todo o me demandará, nunca me dio comprobante de pago de interés. Que. Puedo hacer -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 397444
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Marzo de 2018 17:13 2018-03-13 17:13 desde IP: 189.230.59.128
Pues no podrás hacer mucho. Lo delicado de solicitar un prestamo y firmar un pagaré, es que mientras no pagues la totalidad de la suerte principal en el tiempo estipulado para ello, todo lo que pagues será a cuenta de intereses y seguirás debiendo lo mismo. Otra situaciòn, el no solicitar recibo del pago de los intereses te causará el perjuicio de no poder acreditar que realizaste dicho pago y probablemente tendrás que pagar la suerte principal màs los intereses generados desde que dejaste de pagar la suerte principal. Te recomiendo que trates de llegar a un acuerdo con quién te prestó el dinero, y si no llegas a un acuerdo, te esperes a que demande. Solicita los servicios de un abogado para que te diga como conducirte en la diligencia de embargo y puedas ser defendida de manera oportuna
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AutorRespuesta No: 397505
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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Marzo de 2018 15:42 2018-03-19 15:42 desde IP: 189.141.6.120
ni con testigos vas a poder demostrar el pago de intereses.... solo con recibos demuestras ese acto...tendras que dejar que te demande.... y ver en que concilias con tu abogado y su abogado...
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AutorRespuesta No: 397548
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Marzo de 2018 01:21 2018-03-22 01:21 desde IP: 189.217.123.102
Independientemente de que el pagaré es autónomo y trae aparejada ejecución, etc, etc,. Una tasa del diez por ciento (10%) mensual claro que la puede combatir y el Juez la puede reducir de oficio. Nuevo criterio. Necesita de abogado especialista en la materia pero corra lo más lejos que su teclado le permita de cuanto coyote hambreado se ponga a su servicio en este foro de asesoría gratuita y con celular porque ni oficina tiene.
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AutorRespuesta No: 397584
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Abril de 2018 06:01 2018-04-19 06:01 desde IP: 177.247.106.97
Difiero de lo expuesto por los profesionistas que me anteceden por lo siguiente: Por criterio de la corte un inter
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AutorRespuesta No: 397595
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Abril de 2018 20:15 2018-04-19 20:15 desde IP: 189.180.189.250
lic. gallardo... no dices nunca nada... solo que difieres... que onda contigo?
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