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VENTA DE INMUEBLE QUE NO SE PUDO REIVINDICAR
- Consulta : 283126
- Autor : Jessus90
- Publicado : Viernes 01 de Septiembre de 2017 00:37 desde la IP: 201.165.81.115
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,071
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 01 de Septiembre de 2017
Que tal señores, con una situación bastante compleja; resulta que una persona no acredito su acción reivindicatoria y por tanto no pudo entrar en posesión del inmueble que pretendía, ahora esta persona vendió a un tercero ya que era cosa juzgada y no podía demandar de nuevo; el tercero de igual forma la acción reivindicatoria. La pregunta es si no opera la excepción de cosas juzgada ya que si es el mismo inmueble pero diferentes partes al juicio origina, ¿Que excepción opera? o ¿Que harían ustedes?, ¡Gracias!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 395669
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Septiembre de 2017 11:26 2017-09-01 11:26 desde IP: 189.180.228.217
es cosa juzgada... ya que es el mismo inmueble... pero aunque sea una nueva persona... el anterior ya estaba decidido... y este dio la venta... el inmueble corre la misma suerte... cosa juzgada...
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Autor
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AutorRespuesta No: 395678
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Septiembre de 2017 15:25 2017-09-01 15:25 desde IP: 189.180.228.217
la ley es muy clara en este caso... si el que recibio la cosa con mala fe... la hubiere enajenado a un tercero que tuviere tambien mala fe.... podra el dueño reivindicarla y cobrar de uno u otro los daños y perjuicios... si el tercero a quien se enajena la cosa la adquiere de buena fe.... solo podra reivindicarla si la enajenación se hizo a titulo gratuito.... ..........................tu ya tienes un juicio donde no se concedio la reivindicación... el promoverlo nuevamente ....lllama a presentar la excepción de cosa juzgada.... pero si la venta no se hizo en escritura publica... y hubo lana de por medio... se entinde que se hace con la intención de evadir nuevo juicio.... ahi la mala fe... y puede plearse... que se conceda... es muy dudoso..... si ya batiste el huevo... y levanto... lo dejas reposar y se baja... ya no lo puedes volver a batir... así.... como receta de cocina... se entiende...?
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Autor
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AutorRespuesta No: 395686
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Fecha de respuesta: Sábado 02 de Septiembre de 2017 11:47 2017-09-02 11:47 desde IP: 201.165.81.115
Que tal, gracias por tomarte tu tiempo para contestar. Fíjate que comparto tu opinión, también pienso que hay mala fe ya que el primer demandante no le favoreció la resolución y probablemente simulo una compraventa para que se intente la misma acción y subsanar los vicios del primero. Me pone a dudar el hecho de que la jurisprudencia dice que para que opere la "cosa juzgada" tienen que ser las mismas partes y la litis verse sobre lo mismo. En este caso el primer elemento no se actualiza ya que es un nuevo comprador. ¿Que opinas?.
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Autor
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AutorRespuesta No: 395687
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Fecha de respuesta: Sábado 02 de Septiembre de 2017 12:35 2017-09-02 12:35 desde IP: 187.199.88.210
Es una "cosa juzgada refleja".
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AutorRespuesta No: 395714
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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Septiembre de 2017 19:00 2017-09-04 19:00 desde IP: 189.180.228.217
segunda vez que coincidimos magister.... saludos... es cosa juzgada... pero no te quito el intentar la reivindicación en acción oblicua... pero de que se va a resolver en contra... claro...
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