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EL MUNICIPIO ME COBRA POR LA DESCARGA DE AGUA POR EL DRENAJE
- Consulta : 282886
- Autor : ralf
- Publicado : Lunes 10 de Julio de 2017 11:39 desde la IP: 64.92.27.10
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,093
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 10 de Julio de 2017
Soy arrendatario de un local en un edificio comercial y el municipio me esta imponiendo el pago de descarga de aguas residuales al sistema de drenaje publico. En un principio objeté el pago pues me parece que el municipio deberia cobrarle al dueño del edificio y no a mí dado que yo no construí el lugar ni diseñe las instalaciones del drenaje que además es compartido con los demás locales, es decir, que hay una salida común de drenaje para todo el edificio y me parece que el cobro deberia hacerse por predio o salida de drenaje y volumen de descarga y no por cada negocio a menos de que fuera una construcción independiente. Este cobro por parte del sistema de aguas municipal, está basado en el anexo dos de la ley de ingresos del municipio que establece el cobro por el servicio de saneamiento, es decir, el tratamiento de las aguas para limpiarlas de contaminantes residuales industriales y de procesos. El artículo 3 de dicho anexo establece que quedarán exentos del pago de saneamiento quienes cumplan con la Norma Oficial NOM-002-SEMARNAT-1996 que establece limites permisibles a contaminantes severos como metales pesados y grasas, mi empresa es una oficina con 2 baños para uso del personal y clientes que no genera ninguno de estos contaminantes y por lo tanto estamos exentos de pago según lo establecido en el anexo al cumplir con la norma. Sin embargo, el mismo anexo, que yo interpreto que es para regular el servicio de saneamiento, en su articulo 5 establece que: Toda empresa industrial, comercial o prestadora de servicios, por el permiso de descarga de aguas residuales a los sistemas de drenaje y alcantarillado, deberá pagar una cuota anual en los siguientes términos: y establece una cuota anual. Aqui el enlace al anexo dos de la ley de ingresos (ver pagina 29): //congresodurango.gob/Archivos/lxvii/Leyes%20de%20Ingresos%202017/ANEXOS%20%201%20y%202%2C%20GOMEZ%20PALACIO.pdf A mi me parece que si estamos exentando la obligación del pago de saneamiento al cumplir con la norma semarnat, no se nos deberia cobrar por este permiso de descarga pues el articulo que establece el pago por un permiso de descarga es parte del mismo anexo que cobra por el servicio de saneamiento de las aguas residuales. Además de que se nos estaria cobrando por un saneamiento inexistente al no vertir contaminantes agresivos nuestras aguas residuales. Sin embargo el sistema de agua del municipio me exige el pago independientemente del cumplimiento de la norma semarnat como si el articulo 5 del anexo fuera totalmente independiente de lo establecido en los demás artículos y el permiso de descarga no tuviera nada que ver con el servicio de saneamiento. Por último, me parece que el cobro le correspondería al propietario del edificio y que debería ser por cada salida de drenaje donde el edificio se conecte a la red pública del municipio y no por local ya que las conexiones de drenaje dentro del edificio estan en propiedad privada. Quien esta en lo correcto?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 395022
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Julio de 2017 14:12 2017-07-10 14:12 desde IP: 189.180.227.165
tu...no
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