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ENDOSO NO CONTINUADO Y ALTERACIóN DE DOCUMENTOS

  • Consulta : 282177
  • Autor : Xavelita
  • Publicado : Martes 07 de Marzo de 2017 23:06 desde la IP: 201.175.157.20
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,138
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  • Autor
    Consulta

  • Xavelita
    USUARIO REGISTRADO

    Hola, tengo dudas espero puedan ayudarme... Llegó una persona a pedirme ayuda por que le quieren cobrar una pagaré que el año pasado ya había pagado, sin embargo ella era aval y aún así pago, pero el abogado nunca le dio recibos de pago ....Paso el tiempo y le volvieron a meter el pagaré, reitero ella en calidad de aval... Ya hablé con el abogado anterior que le había cobrado y acepto haber recibido dinero de ello, más sin embargo dice no recordar cuanto y mucho menos tiene documentos de haber entregado dinero a su clienta la dueña del pagaré en fin.... Pero para ello tengo la demanda nueva y aprecio que el documento tiene el primer endoso "en propiedad" a nombre de este primer abogado, se supone que este abogado debió de endosar de nuevo el pagaré a nombre de.la dueña o del nuevo abogado, sin embargo no es así ya que solo tacharon el endoso con un sello de cancelado y aparece otro endoso de la dueña del pagaré al nuevo abogado, hay creo que ya incurrió en el Artículo.38 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, ya que no hay continuidad en el endoso y por lo tanto no pueden ser dueños de los derechos del pagaré si el abogado anterior no les cedió los derechos....Y también se aprecia a simple vista en la copia fotostatica del traslado de demanda que el pagaré está alterado (tintas distintas ya saben, de la cantidad e interesés), para variar el abogado anterior quiere ayudar" por que no se le hace justo lo que están haciendo, sin embargo no lo veo muy convencido,... Que puedo hacer para ayudar a estas personas, por que en realidad están necesitadas y ya las han fregado mucho por andar de tontas en esos préstamos donde son avales de todas por fin de que les presten.... Espero su ayuda, Gracias!!!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 393553

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si le está pidiendo ayuda es porque seguramente Usted es abogado, y si lo es, entonces debe saber que el hecho de que un pagaré tenga distintas letras y tintas no es alteración, además de que en una copia fotostática no se pueden apreciar "las tintas". En el foro no se responden tareas, no se hace el trabajo de otros abogados. Es una página de asesoría gratuita. Si quiere ayudar a la aval que pagó pero no pidió el pagaré, entonces recomiendele a un abogado especialista en materia mercantil.



  • Autor
    Respuesta No: 393564

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    en forma algun hay alteración de documento... podras ponerlo como excepcion al contestar la demanda... pero que proceda.... no... claro que no... lo mas justo... es pagar en el juzgado... y promover para que sea entregado el documento a quien paga... no entiendo a esos ...abogados... que lo quieren resolver hablando de abogado a abogado... cuando ya esta en una acción jurisdiccional...



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