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ANULACIóN DE MATRIMONIO
- Consulta : 281736
- Autor : Rosymv
- Publicado : Jueves 15 de Diciembre de 2016 16:43 desde la IP: 140.148.84.72
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,220
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 15 de Diciembre de 2016
Estoy interesada en anular mi matrimonio, me case en Veracruz y la persona con la que me casé era casada. Tengo casi 4 años separada , no se de él. Ahora yo vivo en Puebla. No tengo el acta del matrimonio que tuvo antes del mio. que pasos debo seguir para anular el matrimonio, puedo realizarlo desde Puebla ? De antemano, gracias por la respuesta. Saludos
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 392581
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Diciembre de 2016 19:55 2016-12-15 19:55 desde IP: 189.180.243.56
las nulidades deben hacerse dentro de los 30 dias contados de la fecha de la celebrción del acto... lo que debes hacer es promover el juicio de divorcio... y este debe promoverde en el ultimo domicilio que tuvieron juntos...
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Autor
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AutorRespuesta No: 392591
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Diciembre de 2016 20:31 2016-12-15 20:31 desde IP: 189.216.198.103
Buenas noches.
De conformidad con el articulo 122 del Código Civil de Veracruz, tu matrimonio es nulo.
ARTICULO 122 El vínculo de un matrimonio anterior, existente al tiempo de contraerse el segundo, anula éste aunque se contraiga de buena fe, creyéndose fundadamente que el consorte anterior había muerto. La acción que nace de esta causa de nulidad, puede deducirse por el cónyuge del primer matrimonio, por sus hijos o herederos, y por los cónyuges que contrajeron el segundo. No deduciéndola ninguna de las personas mencionadas, la deducirá el Ministerio Público..
De ahí que no existe una temporalidad para solicitarlo, puedes hacerlo en cualquier momento y debes contratar un abogado para pedir la nulidad del matrimonio.
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
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Autor
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AutorRespuesta No: 392596
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Diciembre de 2016 21:56 2016-12-15 21:56 desde IP: 189.216.107.119
Mi güen Gorrovale, sería tan amable de fundar su afirmación al señalar que las nulidades se deben demandar en treinta días de la celebración del acto. Sólo para aprender un poco más.
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Autor
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AutorRespuesta No: 392597
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Diciembre de 2016 22:03 2016-12-15 22:03 desde IP: 189.216.107.119
Mi güen gorrovale: Es claro que Usted tiene razón. Sólo que ya extrañaba pelearme un rato con Usted. Feliz Navidad.
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Autor
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AutorRespuesta No: 392598
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Diciembre de 2016 00:13 2016-12-16 00:13 desde IP: 189.190.164.225
Rosy, lo primero es conseguir el acta del matrimonio anterior, acta que puedes conseguir en la Dirección de Registro Civil de Veracruz, a su vez necesitas un extracto de la tuya (digo extracto porque cada entidad maneja un concepto diferente, pero me refiero a tu acta de matrimonio) con ambos documentos puedes demandar la nulidad del matrimonio y si es posible anular tu matrimonio en el estado de Puebla, pero necesitas los documentos que te comete.
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Autor
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AutorRespuesta No: 392604
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Diciembre de 2016 10:11 2016-12-16 10:11 desde IP: 189.180.243.56
saludos... colegas... y amigos....FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO AÑO NUEVO....TE DESEO EN COMPAÑÍA DE TUS SERES QUERIDOS ASI COMO TODA LA COMUNIDAD...NUESTRA FAMILIA... DE JUSTICIAMEXICO....weno.... hasta el magister.... ...............................no habia leido el codigo de veracruz...llave.... que dicen que se perdio en este periodo gubernamental... la llave... pero he llvado en queretaro... guanajuato... y san luis p... ahi si hay un artículo que así lo califica... falta ULLLOOOAAA que nos diga y corrija... ya que es un experrto en esto... porque es juez... ofiacial... o encargado del registro civil... me parece en guanajuato.... saludos...
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AutorRespuesta No: 392606
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Diciembre de 2016 13:01 2016-12-16 13:01 desde IP: 140.148.84.72
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AutorRespuesta No: 392615
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Diciembre de 2016 13:53 2016-12-18 13:53 desde IP: 189.187.214.188
Hola ...puede pedir nulidad la respuesta es SÍ SÍ PUEDE...puede hacerlo demandando en Puebla aunque usted se casó en Veracruz la respuesta es definitivamente NO. Recuerde usted que es Juez competente el del domicilio del demandado, como usted demandará nulidad de un acta en Veracruz será allá donde debe presentar la misma.
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