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PLAZO PARA QUE UNA AUTORIDAD FEDERAL EMITA RESOLUCIóN EN UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

  • Consulta : 280763
  • Autor : RESTRADATENORIO
  • Publicado : Martes 23 de Agosto de 2016 11:49 desde la IP: 177.247.124.109
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,125
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  • Autor
    Consulta

  • RESTRADATENORIO
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes: Mi duda es en relación a la manera de comar el plazo que establece el articulo 17 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para que la autoridad emita resolución de un procedimiento administrativo. Específicamente a partir de cuando se deben contabilizar tres meses, será a partir de la notificación del procedimiento? o será a partir de que ha concluido el plazo para pruebas? es decir, cuando el expediente ha sido concluido y turnado para resolver? Mucho agradecería sus comentarios..

     

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  • Autor
    Respuesta No: 390591

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Está Usted confundiendo el plazo para considerar procedente la negativa o confirmativa ficta, con los plazos procesales que claro están bien definidos en la Ley de cada materia.



  • Autor
    Respuesta No: 390592

  • RESTRADATENORIO
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias, pero precisamente a ello me refiero, para considerar que se ha configurado una negativa ficta, a partir de cuando comienzan a correr los tres meses que señala el articulo 17 de la ley.





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