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PENSIóN ALIMENTICIA EN ESPECIE

  • Consulta : 280593
  • Autor : lolitanm_NR
  • Publicado : Lunes 01 de Agosto de 2016 16:44 desde la IP: 187.149.149.170
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,087
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  • Autor
    Consulta

  • lolitanm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sinaloa
    Buenas tardes, hace 4 años mi exesposo y yo firmamos un acuerdo de divorcio donde se estipulo una pension alimenticia en efectivo que aumentaria casa año conforme aumentara el salario minimo, en ese momento mis hijos eran menores y un año despues a uno de ellos le diagnosticaron un Trastorno por deficit de atencion e hiperactividad, dicha pension no cambio y yo corri por mi cuenta con los gastos extras, desde hace un mes se nego a seguirme pagando la pension por un enojo, y me la quiere dar en especie, segun el que la ley si la contempla, pero esta estipulado en el acuerdo que debe ser en efectivo, ademas yo quiero saber si puedo aumentar la pension alimenticia para cubrir los gastos adicionales que se han generado por el trastorno que mi hijo sufre. Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 390219

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    La ley establece en que consisten los alimentos, vestido, comida, vivienda, educación, etc.

    Lo usual es que se de una cantidad de dinero para satisfacer las necesidades mencionadas, por lo que a menos que el ofrezca pagar terapias de su hijo, pagarles renta de casa, etc., y que usted acepte, se podría hacer en especie, pero es difícil, porque el querrá dar cereales y yogurt, pero otras necesidades como el vestido necesita usted el dinero para ir a comprarlo, a menos que sepa su talla.

    En fin, ningún Juez fijara una pensión totalmente en especie a menos que usted este de acuerdo, porque hay necesidades alimentarias que se satisfacen al momento con dinero y eso no se puede preveer.

    Y claro que puede pedir incremento de pensión alimenticia, si demuestra la necesidad de su hijo de recibir más alimentos y que el señor tiene posibilidad de darlo. Porque si el señor gana $1000 al mes y usted quiere que pague un tratamiento de $2,000, aunque su hijo lo necesite, el señor no puede pagarlo.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”



  • Autor
    Respuesta No: 390237

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tienes un convenio... ambas partes firmaron ese acuerdo... ante juez... y se convierte por ese hecho en un acto firme... no puedes pedir que aumente el pago de alimentos... si el no quiere... porque es un acuerdo... un convenio... lo que si puedes pedir... es que te consigne la pensión en un juzgado... en una cuenta... o por medio de descuento... y demanrdar el cumplimiento del convenio... es deicr...que si te adeuda pago... lo haga en el juzgado... obvio... tu recibes y das recibo de lo que recibes al recibir el dinero... verdad... ???.... este galimatias... tiene la función de darte a entender... que si no diste recibo... puedes demandar el pago de toda la deuda... tu abogado te explica como...



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