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DEUDA COMO OBLIGADO SOLIDARIO

  • Consulta : 280232
  • Autor : jcruz_ramos_NR
  • Publicado : Miércoles 22 de Junio de 2016 09:59 desde la IP: 189.202.224.163
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • jcruz_ramos_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz
    buen dia, en el 2009 firme como obligado solidario de una empresa que solicito un préstamo de $500,000 a bancomer, la verdad me lavaron el cerebro y que enseguida lo pagarían, no dude y firme, pero apenas en el 2015 comenzaron los problemas, es cuando me día cuenta que no habían pagado el préstamo y empezaron los de bancomer también a buscarme para que se hiciera el pago, pese a que les dije que yo no había tocado nada de ese préstamo, y ademas la contratista dijo que si ellos podían poner alguna propiedad para retirarme como obligado solidario que lo harían, pero bancomer por su política dijo que no era posible, el jurídico de bancomer empezó a bajar el pago hasta llegar a 290000, negociando con los deudores, pero a la fecha la contratista esta quebrada y tengo miedo que me vayan a querer embargar mi casa, cabe aclarar que la casa esta a nombre de mi esposa por que ella fue heredada por parte de su abuela materna

     

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  • Autor
    Respuesta No: 389399

  • Raul Huerta
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante. Si firmaste como obligado solidario, como su nombre lo indica, tienes obligación de pago para con el Banco. Ahora bien, antes de que se lleve a cabo el embargo y se ejecute el mismo, se debe seguir un procedimiento judicial en contra tuya, para lo cual deben emplazarte a juicio, en el que podras exponer las defensas que tengas a tu favor. Respecto del inmueble que mencionas esta a nombre de tu esposa, y si como lo señalas el mismo fue adquirido por herencia, el mismo no forma parte de la sociedad conyugal, en el caso de que estuvieran casado bajo ese régimen. Quedo a ts órdenes en mi oficina virtual de este mismo sitio, para cualquier duda, aclaración o comentario al respecto. Saludos. Lic. Raúl Huerta



  • Autor
    Respuesta No: 389432

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si tu firmaste como obligado solidario a favor de otro... tienes obligación de pago con el acreedor... mientras no tengas bienes en común con tu esposa... no podrán quitarte esos bienes... pero puedes caer en actos fraudulentos.... fraude a acreedores... y hayas recibido una fracción o no de ese dinero... eres deudor... si van a poner una propiedad en garantía... los deudores... tu abogado... sabe como exhibirla en un juzgado... y librarte de la carga... quiera o no el banco... porque es un bien duro... que protege la deuda... ve con el deudor y pide que su abogado haga las gestiones ante el juzgado del lugar... el sabe que hacer...



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