- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PENSIóN ALIMENTARIA
- Consulta : 279821
- Autor : 1cesarm_NR
- Publicado : Martes 10 de Mayo de 2016 05:00 desde la IP: 200.76.251.54
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 10 de Mayo de 2016
Estado de Referencia: Sinaloa
Hola buen día, mi consulta es la siguiente hace aproximadamente 9 años fui demandado por pensión alimentaria y se fue por la vía penal, desafortunadamente el abogado que había contratado no respondió a tiempo la demanda y no supe que hacer y salí de la ciudad, no lo hice para evadir la responsabilidad, al tiempo contacte a la madre de mi hijo para llegara un acuerdo y no pudimos llegar a nada y tuve que salir nuevamente de la ciudad por cuestiones de trabajo, hace dos años me acerque nuevamente para llegar a concluir con esa situación pero nuevamente no pudimos llegar a un acuerdo, mi pregunta es si necesito sacar visa, pasaporte o licencia corro el riesgo de ser detenido, si nunca mevpude presentar ante el juez y si no hubo una sentencia Saludos y gracias de antemano -
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 388592
-
Fecha de respuesta: Martes 10 de Mayo de 2016 12:53 2016-05-10 12:53 desde IP: 189.180.211.163
si...
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 388615
-
Fecha de respuesta: Martes 10 de Mayo de 2016 18:16 2016-05-10 18:16 desde IP: 201.170.152.202
Pues malas noticias para usted, porque el incumplimiento de pago de obligaciones de asistencia familiar cuando se reclama por la vía penal a través de una querella, y usted no demuestra que ha cumplido (lo que obviamente no ha hecho), ahí no hay que contestar demanda hay que presentarse a declarar porque una vez que se integra la averiguación previa, ésta se consigna y se puede consignar sin detenido, si hay elementos para acreditar su presunta responsabilidad el Ministerio Público consigna con pedimento de orden de aprehensión y SI puede usted ser detenido y de nada le vale que argumente que salio de la ciudad por los motivos que sean y así lleve más de 11 años fuera, mientras usted no cumpla con su obligación del pago de alimentos usted está incurriendo en un delito; lo más conveniente para usted es que empiece a pagar porque aunque es un delito que alcanza libertad bajo fianza, la fianza por lo regular se establece en la cantidad adeudada, así que mientras más tiempo pase usted tendrá más dificultad de obtener su libertad en caso de ser detenido; incluso si por motivos de trabajo viaja a otro país México forma parte de la Convención de los Derechos de los Niños al igual que muchos otros países entre los que hay oficiales de enlace y lo pueden ubicar.
-
Autor






