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AMENAZA DE EMBARGO

  • Consulta : 279641
  • Autor : samson4871_NR
  • Publicado : Domingo 17 de Abril de 2016 22:43 desde la IP: 189.161.184.139
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,119
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  • Autor
    Consulta

  • samson4871_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco
    Mi buen amigo, recurro a Ud. solicitando su consejo respecto a este asunto: Uno de mis hijos renta una casa, inmueble del cual solo utiliza el área de cochera para estacionar alguno de sus autos, pero al dueño seguido le llegan requerimientos de embargo por diversos acreedores,(tarjetas de crédito), y tememos que quisieran llevarse los vehículos que ahí se guardan. Pregunta: Se puede amparar y evitar alguna acción de embargo con un contrato de arrendamiento?. Por su atención, muchas gracias por su respuesta y consejo.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 388197

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Siempre la manera de defenderse ante un embargo en contra del arrendador es; acreditando con documentos la propiedad de los vehículos y exhibiendo copia del contrato de arrendamiento al ejecutor, claro está, siempre y cuando sea una diligencia de carácter judicial. El amparo se promueve contra actos de autoridad violatorios de garantias individuales, dentro o fuera de un juicio, ahora bien, no se podría promover un amparo, porque no tiene usted la certeza de que existe un juicio mercantil y mucho menos que de ese juicio usted pueda sufrir alguna violación a sus garantías individuales. Luego entonces, yo le recomiendo, tener a la mano los documentos con los que acredita la propiedad de los vehículos y el contrato de arrendamiento, y exhibirlos en caso de que algun día llegue un actuario a tratar de trabar un embargo, esté legalmente se abstedrá de trabar embargo en bienes diferentes al del deudor



  • Autor
    Respuesta No: 388200

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Aunado al anterior comentario realizado por el Lic. JOSE LUIS CARBAJAL, le hago del conocimiento que si por cualquier motivo Usted como propietario del vehiculo X no se encuentra en el domicilio en el se practica la diligencia su vehiculo sera embargado, ya que se presume que los bienes que se encuentran ahi, son del deudor. Por lo que se vera obligado a promover un Juicio Terceria excluyente de dominio, en el que demostrara ser Usted el propietario del vehiculo embargado. Saludos.







  • Autor
    Respuesta No: 388211

  • falvarez72
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Y cuanto tarda en surtir efecto un juicio de terceria excluyente de dominio?



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