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SEGURO AUTO CANCELADO
- Consulta : 278493
- Autor : Alex53
- Publicado : Lunes 23 de Noviembre de 2015 13:25 desde la IP: 177.228.208.177
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,133
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 23 de Noviembre de 2015
EN EL 2013 COMPRE UN AUTO DE AGENCIA CON FINANCIAMIENTO (4 AÑOS), OBVIO CON SEGURO INCLUIDO Y PAGOS ANUALES DURANTE EL PERIODO DE FINANCIAMIENTO.. EL AUTO LO PAGUE ANTES DEL PERIODO PREVISTO, LOS PAGO DE SEGURO LOS HE REALIZADO EN FORMA ANUAL (JUN13-JUN14) Y (JUN14-JUN15)..LA VIG.ESTE PERIODO (JUN 15-JUN 16), NO EH REALIZADO EL PAGO AUN, TUVE UN SINIESTRO HOY NOVIEMBRE Y ME DICEN QUE MI SEGURO ESTA CANCELADO... PUEDO HACER ALGO EN FORMA LEGAL...EN EL ENTENDIDO QUE EL PERIODO DE ESTA RENOVACION ES DEL (23.JUN.2015 AL 22.JUN.2016). QUE DEBO HACER.???
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 386217
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Noviembre de 2015 13:35 2015-11-23 13:35 desde IP: 189.161.215.70
demandar en seguros y fianzas
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AutorRespuesta No: 386233
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Noviembre de 2015 22:56 2015-11-23 22:56 desde IP: 177.228.208.177
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AutorRespuesta No: 386234
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Noviembre de 2015 22:56 2015-11-23 22:56 desde IP: 177.228.208.177
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AutorRespuesta No: 386236
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Noviembre de 2015 00:54 2015-11-24 00:54 desde IP: 189.217.5.127
Las empresas de autofinanciamiento nunca dejan sin seguro a los vehículos que venden. Cuando un cliente deja de pagar, la empresa de autofinanciamiento cubre el seguro con sus recursos. Debe acudir a la Conducef para hacer la reclamación y dar aviso a la financiera para que participe como tercero interesado.
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AutorRespuesta No: 386239
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Noviembre de 2015 01:43 2015-11-24 01:43 desde IP: 177.228.208.177
Disculpe, cuando dice " nunca deja sin seguro a los vehículos que venden ".... no se si fui claro... el automóvil lo liquidé en Jul 2014 y pague en mismo mes la 2a anualidad del seguro (cubríendo así desde Jun 2014 a Jun 2015), mi atraso fué al realizar el siguiente pago que ya dió inició desde 23 Jun 2015 y concluíye en Jun 2016. APLICA LO QUE INDICA.. IR A CONDUCEF.??
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AutorRespuesta No: 386240
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Noviembre de 2015 01:51 2015-11-24 01:51 desde IP: 189.217.5.127
Si.
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AutorRespuesta No: 386241
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Noviembre de 2015 01:53 2015-11-24 01:53 desde IP: 189.217.5.127
¿Le entregaron la factura y pagarés cuando liquidó?
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AutorRespuesta No: 386242
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Noviembre de 2015 08:35 2015-11-24 08:35 desde IP: 187.217.195.95
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AutorRespuesta No: 386246
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Noviembre de 2015 11:47 2015-11-24 11:47 desde IP: 189.161.215.70
y t entregaron el pago de seguro??? si es así... estabas cubierto... si no te lo entregaron... estas al descubierto y eres culpable... si tu pagaste la cobertura del seguro... debes ir ante la conducef o ante la comision nacional bancaria y de seguros... ellos saben que hacer... pero solo si esta pagado...
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AutorRespuesta No: 386257
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Noviembre de 2015 15:46 2015-11-24 15:46 desde IP: 177.228.208.177
EL AUTO LO ADQUIRÍ FINANCIADO EN JUN.2013 ME ADELANTE Y FINIQUITE EL AUTO (JUL 2014), RESPECTO A LOS SEGUROS DEL AUTO : PAGUE ANUALIDAD 2013 ( VIG JUN.13-JUN.14) PAGUE ANUALIDAD 2014 ( VIG JUN.14-JUN.15) EL 3er PAGO DEBI HACERLO EN JUN.2015 PARA LA VIGENCIA ( JUN.15-JUN.16 ), .. ME ATRASE NO HE REALIZADO Y POR ELLO ME DICEN QUE NO TENGO COBERTURA, QUE ESTA CANCELADO Y CON EL SINIESTRO ENCIMA.!!. ESTOY DESESPERADO Y DESCONOZCO DE ESTOS TEMAS Y QUISIERA SABER SI TENGO ALGUNA SOLUCIÓN FAVORABLE.!!!!! AGRADEZCO
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AutorRespuesta No: 386259
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Noviembre de 2015 20:00 2015-11-24 20:00 desde IP: 189.217.8.63
Las aseguradoras dan un plazo de gracia de hasta dos meses en algunos casos para la renovación de la póliza, es decir que aunque pague dos meses después de renovada la póliza sí le cubren en caso de accidente aún sin haber pagado. Sin embargo como dejó pasar en exceso ese tiempo, su aseguradora no está obligada a responder.
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AutorRespuesta No: 386261
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Noviembre de 2015 09:52 2015-11-25 09:52 desde IP: 177.228.208.177
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AutorRespuesta No: 386457
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Diciembre de 2015 23:12 2015-12-02 23:12 desde IP: 201.141.195.120
Buenas noches. En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que no puede hacer nada para cobrar el seguro, ya que al no pagar la prima del seguro de conformidad con el articulo 40 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, se cancela automáticamente pasados 30 días y aunque pagues y la aseguradora lo reciba, no se renueva la póliza, ya que se canceló. Es decir, si debías pagar en junio de 2015, tu plazo máximo para la vigencia del seguro era en julio y al no hacerlo, se cancelo automáticamente. Si llevas esto a juicio o ante la CONDUSEF solo vas a perder tiempo y dinero. Si llegas a tener alguna duda o pregunta (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría. “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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AutorRespuesta No: 386596
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Diciembre de 2015 15:46 2015-12-09 15:46 desde IP: 177.228.208.177
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