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PAGO DEL 40%
- Consulta : 273504
- Autor : iariel0884_NR
- Publicado : Lunes 10 de Agosto de 2015 13:46 desde la IP: 200.94.97.182
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,103
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 10 de Agosto de 2015
Estado de Referencia: Sinaloa
Buenas tardes yo solo tengo una duda cuando alguien se accidenta en el trabajo y esta su situacion en que talvez ya no va poder segur trabajando solo se le paga el 40% ??? en lo que le resuelven si es pensionado o no alguien me podria asesorar de favor
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 384033
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Agosto de 2015 15:07 2015-08-10 15:07 desde IP: 189.134.104.193
Cuando se trata de un accidente de trabajo, puede resultar en
Incapacidad, en este tiempo se te paga al 100% tu salario.
IPP, una pensiòn por Incapacidad Permanente Parcial, se te puede pagar una pensión o una indemnización, depende del porcentaje que le den a al daño físico. Para el caso de pensión por IPP es el porcentaje que le asignen al daño físico sobre el 70% de tu salario. En caso de indemnización es el equivalente a cinco anualidades de la pensión que correspondería.
O una IPT, Incapacidad Permanente Total donde se te pensiona con el 70% de tu salario.
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