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PENSIóN
- Consulta : 272359
- Autor : analy1174_NR
- Publicado : Martes 21 de Julio de 2015 12:52 desde la IP: 189.253.62.81
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,129
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 21 de Julio de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 383284
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Julio de 2015 12:55 2015-07-21 12:55 desde IP: 189.234.174.32
debe ser i¿una orden de descuento... y esta la da un juez... ningun abogado o notario publico o contador... la pueden extender en forma de obligar a la empresa a que haga el pago de pensión por medio de descuento... y esa carta se llama OFICIO DE DESCUENTO EN NOMINA DE PAGO DE ALIMENTOS... lo promueve un abogado ante un juez familiar,....
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