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RENUNCIA VOLUNTARIA
- Consulta : 269609
- Autor : yazmingarcia_csj_NR
- Publicado : Martes 23 de Junio de 2015 09:11 desde la IP: 201.159.22.110
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,115
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 23 de Junio de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 382068
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Fecha de respuesta: Martes 23 de Junio de 2015 12:14 2015-06-23 12:14 desde IP: 187.176.101.171
Solamente tiene derecho al pago de las vacaciones y prima vacacional por los 5 años cumplidos, si no las ha disfrutado,así como la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional por los 5 meses laborados, y la parte proporcional de aguinaldo 2015.
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