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DUDA DEMANDA POR DESPIDO INJUSTIFICADO.

  • Consulta : 269095
  • Autor : isabelfloreshdez_NR
  • Publicado : Miércoles 17 de Junio de 2015 12:14 desde la IP: 201.114.164.28
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,117
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  • Autor
    Consulta

  • isabelfloreshdez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chiapas

    Muy buena tarde, tengo una consulta, ya nos asesoramos, pero me parece que se puede hacer algo más que no nos haga perder tanto, además de que me parece muy injusta la situación.

    Tenía un empleado al que despedí verbalmente porque era una persona que llevaba tiempo dandome problemitas por su falta de compromiso, trabajo deficiente, que incluso me trajo problemas con clientes, por los que perdí dinero, lo mantuve por la carga de trabajo, no me podía dar el lujo de no tenerlo porque eran manos menos, además de que era un empleado honesto. No lo despedía porque es una persona con la que tenía aparentemente una buena relación, digamos que le estaba apoyando, porque el tenía un problema legal por el que fué despedido de su trabajo anterior, lo acusaron de abuso a un menor, era jardinero, y no tenía nada para seguir adelate, de buena fé lo mantuve en mi negocio para apoyarlo, sin contrato, ni nada, obviamente era el que ganaba menos. Nosotros trabajamos de lunes a sábado, y un día me comentó que no podría venir los sábados porque tendría que hacer trabajo social, algo así, creo que fué parte de su condena, pues con pesar accedí a que estuviera llegando de lunes a sábado pero con eso ya tenía en mente terminar la relación, nunca me llevó un comprobante de que efectivamente estuviera haciendo eso que decía, un sábado lo ví en horario de trabajo en la calle platicando, supuse que era mentira lo que argumentó.

    Hasta que decidí terminar la realción laboral, así como había empezado verbalmente, lo despedí, argumentando que lo necesitabamos los sábados y no podíamos continuar así, le pagué un finiquito y su sueldo, él se fué molesto, regresó a preguntar si solo eso le daríamos, le dije que regresara otro día porque, en realidad no tenía más dinero. Un mes después llega la demanda, con una serie de mentiras, que le grité frente a los demás cuando lo despedí, que no le dí nada, que el se entregaba con esmero a sus labores, incluso llamó mi atención que la demanda argumenta que los días de trabajo son de lunes a viernes de 8 a 5, pero nosotros trabajamos de lunes a sábado, de hecho tengo listas de asistencia, en donde es evidente que no firmaba porque no llegaba los sábados, tengo un conocido que dice que se puede argumentar el despido por más de 3 faltas injustificadas, porque ahí están las listas, él no firmaba esos dias y los demás sí. Un abogado nos aconsejó que llegaramos a un arreglo, creo que si tendremos que hacer eso, pero no me parece justo que por apoyar a este señor, por actuar de buena fé, me demandara, y mintiera. 

    ¿Será posible presentar las listas de asistencia de los sábados, en donde no firmaba porque no llegaba, como prueba de que se le despidió por faltas injustificadas?

    Saludos cordiales, gracias por la atención.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 381749

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    De nada le servirá exhibir las listas de raya como pruebas de su intención, tratando que el despido injustificado de que usted hizo objeto el trabajador, tenga la apariencia de un despido justificado.

    Tan simple que, por el hecho de que usted no le haya entregado aviso escrito al trabajador, haciéndole saber que su despido era con motivo de haber incurrido en más de 3 faltas injustificadas en un peeríodo de 30 días naturales, hace que el despido sea injustificado.

    En tal sentido, el artículo 47, en sus últimos cuatro párrafos así lo consigna, ya que expresamente señala:

    "El patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso escrito en el que refiera claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron.
    El aviso deberá entregarse personalmente al trabajador en el momento mismo del despido o bien, comunicarlo a la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, dentro de los cinco días hábiles siguientes, en cuyo caso deberá proporcionar el último domicilio que tenga registrado del trabajador a fin de que la autoridad se lo notifique en forma personal.

    La prescripción para ejercer las acciones derivadas del despido no comenzará a correr sino hasta que el trabajador reciba personalmente el aviso de rescisión.
    La falta de aviso al trabajador personalmente o por conducto de la Junta, por sí sola determinará la separación no justificada y, en consecuencia, la nulidad del despido".

    Como usted podrá advertir, si fue omiso en entregar el mencionada aviso escrito de la rescisión de contrato, ya fuera en forma personal al trabajador o a través del trámite que la propia Ley Laboral prevé deba llevarse a cabo por conducto de la propia Junta de Conciliación y Arbitraje, dentro de los 5 días sigueintes al despido, trae como consecuencia que entonces no encuentre justificación la separación del trabajador.

    Lo anterior, a pesar de que pudiera existir una causa que justificara la rescisión sin responsabilidad para el patrón.

    Y como es evidente, de aducir usted en su contestación a la demanda que lo despidipo con motivo de esas faltas injustificadas (que el trabajador podrá contradecir al señalar que solamente omitió firmar las listas de asistencia y ofrecer cualquiera de losmedios de prueba que la Ley Federal del Trabajo permite), y exhiba en el juicio las mencionadas listas, de nada le servirá, precisamente por no haber entregado el aviso escrito, y si, por el contrario, hará que la tramitación del juicio lleve más tiempo, lo que redunda en su perjuicio, porque al final resultará condenado a pagar los salarios caídos durante el tiempo que tarde el procedimiento, hasta por un año, y transcurrido este plazo, tendrá que pagar un interés del 2% mensual sobre la cantidad que resulte de 15 meses de salario.

    Busque llegar a un acuerdo con el trabajador mediante el pago de la indemnización que legalmente le corresponde al haber sido despedido injustificadamente, de esa forma, se evitará el riesgo de ser condenado, además de la referida indemnización, los salarios caídos.

    Y la próxima ocasión que pretenda tomar alguna acción en contra de cualquiera de sus trabajadores, asístase primero de un abogado especialista en Derecho Laboral que lo asesore; le resultará más económico pagarle sus honorarios que las consecuencias del juicio por haber actuado en forma distinta a la que prevé el Cpodigo Laboral.



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