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NEGATIVA DE ORDEN

  • Consulta : 268835
  • Autor : pedrosanchezsantana_NR
  • Publicado : Lunes 15 de Junio de 2015 12:00 desde la IP: 201.167.124.199
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,111
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  • Autor
    Consulta

  • pedrosanchezsantana_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    El ministerio publico consigno una averiguacion previa penal  en el Estado de Aguscalientes y el juez de la causa nego la orden de aprehension, dicha negativa fue apelada por el Ministerio Publico, NO SE HA RESUELTO EL RECURSO, mas sin embargo el juez argumento en su negativa que no existien elementos suficientes para dictar una orden de aprehension  encontra de las personas consignadas, ahora se tienen mayores elementos de prueba ya que del triplicado se deducen mas pruebas, la pregunta es  se puede volver a ejercitar accion penal nuevamente encontra de las mismas perdonas por los mismos hechos es decir perfeccionar el triplicado de la avericguacion y volver a consignar ante el mismo juez que nego la  orden de aprehension.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 381640

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: claro que si se puede perfeccionar nuevamente una averiguacion prueba, justamente el hecho de negar el obsequio de la orden de aprehension es a fin de que la parte ofendida pueda aportar nuevos datos de prueba; que sean diversos a los ya valorados con antelacion; anteriormente habia un plazo de 60 dias para aportar mas datos de prueba ello en base a la ley organica de cada una de las procuradurias, sin embargo a raiz de la entrada en vigor del 2011 de las reformas constitucionales la Victima del delito puede participar mas activamente, claro debe verificar si ese medio de prueba es idoneo y pertinente.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775.... Asesoria en linea por medio de what sapp.





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