Hola buen dia tengo una duda Promovi en 2008 un Juicio Mercantil Ejecutivo, en cual hice el embargo de una finca, pero el demandado murio no habia hecho el registro del embargo y apenas lo hice el el RPP. y me contestaro que no se puede por que el deamando hoy muerto solo era titular del usufructo del bien.
En el pagare esta el hijo del demandado como aval asi como la esposa de este, y el y la esposa si son dueños Yo promovi en mi calidad de aval pagador ejercitando la accion cambiaria de regreso.
La pregunta es que hago saco el pagare pidiendo no se haga anotacion aguna.
Pido se les emplace al los mencioandos en virtud de dicha sircunstacia y se les llame al juicio seles requiera por el pago.
Al morir el demandado murio intestado.
Gracias