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VENCIMIENTO DE PAGARE
- Consulta : 267816
- Autor : p.glz72__NR
- Publicado : Jueves 04 de Junio de 2015 22:16 desde la IP: 177.249.225.194
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 04 de Junio de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 381139
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Fecha de respuesta: Jueves 04 de Junio de 2015 22:20 2015-06-04 22:20 desde IP: 189.217.29.14
Sí, ya que aún sin mencionar la fecha de vencimiento de pagaré, la acción ejecutiva no prescribe nunca, ya será su abogado al momento de contestar la demanda y conociendo el documento basal, si puede o no oponer la excepción de prescripción, pero de que procede el embargo sí.
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