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ABANDONO DE PERSONA

  • Consulta : 267803
  • Autor : algodelama_NR
  • Publicado : Jueves 04 de Junio de 2015 19:51 desde la IP: 189.217.25.117
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,103
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  • Autor
    Consulta

  • algodelama_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes, espero me puedan ayudar. Si por diversas causas, una persona ha venido aportando sólo la mitad de la pensión a la que fue sentenciado....¿Puede ser acusada de ¨Abandono de Persona¨ Gracias por su orientación

     

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  • Autor
    Respuesta No: 381134

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, el delito de persona no está tipificado en el Estado de México; el delito en el que incurre, es el de incumplimiento de obligaciones alimentarias previsto por el artículo 217, del Código Penal del Estado de México,que se persigue por querella necesaria y se sanciona con una pena de 2 a 5 años de prisión y de 30 a 500 días de multa.



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