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COMPRAVENTA CASA ENTRE MATRIMONIO
- Consulta : 266764
- Autor : rey_janneth_NR
- Publicado : Lunes 25 de Mayo de 2015 19:44 desde la IP: 187.142.181.26
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 25 de Mayo de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 380415
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Mayo de 2015 20:03 2015-05-25 20:03 desde IP: 189.137.246.15
LA LEGISLACION DE CADA ESTADO EN NUESTRO PAIS CAMBIA, NO DE MANERA DRASTICA PERO SI EXISTEN DIFERENCIAS, SIN EMBARGO EN EL DISTRITO FEDERAL, DE ACUERDO AL ARTICULO 176 CC, SI SE PUEDE EJECUTAR ESTOS ACTOS JURIDICOS, POR LO QUE CREO QUE TALVEZ EN SU ESTADO TAMBIEN SE PUEDA LLEVAR AL CABO ESTAS COMPRA VENTAS.
SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 380416
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Mayo de 2015 20:06 2015-05-25 20:06 desde IP: 187.176.101.171
De conformidad con el artículo 131, del Código Familiar del Estado de Zacatrecas, lugar que usted señala comoel de su referencia, necesitan autorización judicial para contratar entre ustedes.
Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar, a fin de que promueva la autorización correspondiente.
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Autor






