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PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 266173
- Autor : leslye1936_NR
- Publicado : Martes 19 de Mayo de 2015 12:42 desde la IP: 201.116.58.40
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,115
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 19 de Mayo de 2015
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen día yo inicie un juicio de pension alimenticia por comparecencia se me otorgo el 50% provisional mi aun esposo es miembro activo de la Policía Bancaria e industrial, el oficio que la juez elaboro decía que se le descontaría el 50% del total de sus percepciones tanto ordinarias como extraordinarias menos los descuentos previstos de ley, como es de su conocimiento tambien solicito a la empresa informara si laboraba en ese lugar y de ser asì informara el monto de sus percepciones, en la empresa enviaron un informe donde manifestaban un total aproximado de 8,000 mensuales ya realizados los descuentos de ley. yo por mi parte ingrese al portal de transparencia y ellos declaran un monto similar , el problema es que yo llevo 5 quincenas cobrando y cada una de ellas ha disminuido la cantidad pagada,el ultimo cheque fue de 1,300 pesos y en recursos humanos argumentan que el elemento ha faltado mucho y por ese motivo cobro menos ya que las faltas para ellos es un descuento previsto de ley, mi duda es si eso es verdad pues a mi en el juzgado me comentado que de las percepciones totales menos el impuesto y servicio medico se dividía a la mitad que si el señor faltaba lo descontaban del porcentaje que le queda -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 380017
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Mayo de 2015 13:17 2015-05-19 13:17 desde IP: 189.245.253.95
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Autor
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AutorRespuesta No: 380018
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Mayo de 2015 14:05 2015-05-19 14:05 desde IP: 189.131.0.44
"que si el señor faltaba lo descontaban del porcentaje que le queda"
Me parece que usted responde la cuestión, informese con su abogado el porque de esta situación, que tal como usted dice, si le llegaran a hacer un descuento extraoridonario, debería de ser al porcentaje que se le da al sr. y no restarle al monto fijado de la pensión, es decir, no deben de restar y olver a sacar el 50%, sino del salario que reportaron, al que le sacaron el 50%, a la parte que le queda al señor hacerle los descuentos que la empresa considere.
Chequelo con su abogado, con algún abogado de oficio, o acuda directamente con el juez, mediante un escrito, solicitando una aclaración de esta situación.
Saludos
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Autor






