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EXISTIRá EXTINCIóN DE LA DEUDA CUANDO EL ACREEDOR FALLECE
- Consulta : 265096
- Autor : sergiomar_87_NR
- Publicado : Viernes 08 de Mayo de 2015 12:22 desde la IP: 187.214.124.236
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,218
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 08 de Mayo de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 379242
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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Mayo de 2015 12:24 2015-05-08 12:24 desde IP: 189.162.6.212
No los herederos pueden cobrar ese pagare por medio del albacea
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