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APELACION
- Consulta : 262727
- Autor : zentenotkd_NR
- Publicado : Miércoles 15 de Abril de 2015 12:09 desde la IP: 187.143.233.143
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,132
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 15 de Abril de 2015
Estado de Referencia: Chiapas
mi pregunta es, cual recurso es aplicable en relacion al auto admisible de pruebas, en el cual se admite una prueba de ADN de un juicio de desconocimiento de la paternidad en el cual promueve el albacea de un juicio suceorio manifestando que el menor demandado no es hijo del de cujus y por ende debe desconocerse el entrocamiento y excluirlo de la sucesión, pero en principio no es el progenitor como fue planteado en la contestacion de la demanda y al haber admitido dicho probanza se violan los derchos del niño asi como tampoco le dieron vista al fiscal del miniesterio publico, al promoveer apelacion fue desechada
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 377945
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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Abril de 2015 13:00 2015-04-15 13:00 desde IP: 187.176.101.171
El auto que admite una prueba es irrecurrible, de conformidad con el artículo 293, del Código de Procedimientos Civiles de Chiapas, lugar que señala como el de su referencia.
Deberá esperar la resolución, y en contra de ésta podrá interponer la apelación.
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